Religion

La “Iglesia del Monstruo del Espagueti Volador” no convence a la Audiencia Nacional

El tribunal ratifica que la “Iglesia Pastafari”, que venera a los tallarines con albóndigas, no puede inscribirse en el Registro de Entidades Religiosas al ser una “burla grotesca” del cristianismo

La Audiencia Nacional, en la imagen su sede en Madrid, ha denegado la entrega a Rusia ante las dudas sobre la existencia de un juicio justo
La Audiencia Nacional, en la imagen su sede en Madrid, ha denegado la entrega a Rusia ante las dudas sobre la existencia de un juicio justolarazonEUROPA PRESS

La “Iglesia del Monstruo del Espagueti Volador”, conocida también como “Iglesia Pastafari” o “Legionarios de Monesvol”, no podrá inscribirse en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia. La Audiencia Nacional ha confirmado la decisión que tomó en septiembre de 2016 el Ministerio de Justicia al determinar que los fines de esta asociación -que venera a un tallarín como ser supremo- son ajenos a una entidad de carácter religioso al tratarse de “una parodia o imitación burlesca de algunas religiones”.

“La modalidad lingüística o jerga utilizada en los estatutos y mandamientos de la sedicente religión Pastafari constituye, además, una burla y degradación de los valores aceptados comúnmente como valores religiosos, en especial, del cristianismo”, concluyen los magistrados, que recuerdan que en los propios estatutos de esta asociación “es constante la referencia al cristianismo mediante palabras, expresiones, fotografías, parodia del Padre Nuestro cristiano, etc, que se presentan claramente como una imitación o burla grotesca”.

La sección tercera de la Sala de lo Contencioso del citado tribunal rechaza así el recurso interpuesto por un particular, al que además condena al pago de las costas, contra la resolución del director general de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones del Ministerio de Justicia que rechazó la inscripción por un “origen burlesco o paródico” ajeno a los fines religiosos.

Los magistrados recuerdan en la sentencia que con anterioridad ya se presentaron otras cinco solicitudes similares, entre 2010 y 2016, para intentar que se inscribiera a la iglesia Pastafari, con nombres en ocasiones diferentes como los referidos “Iglesia del Monstruo del Espagueti Volador” o “Legionarios de Monesvol”, que encumbra “la pasta con albóndigas y la cerveza” como “alimento ideal”. Se trata, dice, “de la misma entidad solicitante en las cinco ocasiones”, aunque “presenta nuevos estatutos cada una de las veces en las que solicita la inscripción”, por lo que ni siquiera es necesario -razonan- solicitar un nuevo informe de la Comisión Asesora de Libertad Religiosa, ya que “la resolución de denegación ha de ser la misma que en peticiones anteriores no recurridas”

En la sentencia -de la que ha sido ponente el magistrado José Félix Méndez- se hace referencia a los estatutos de la entidad, entre ellos lo que denominan la oración principal al Monesvol: “Oh Tallarines que están en los cielos gourmets. Santificada sea tu harina. Vengan a nosotros tus nutrientes. Hágase su voluntad en la Tierra como en los platos. Danos hoy nuestras albóndigas de cada día y perdona nuestras gulas así como nosotros perdonamos a los que no te comen, no nos dejes caer en la tentación (de no alimentamos de ti) y líbranos del hambre... Ramén”.

La Audiencia argumenta su negativa en que sus fines “son ajenos a los de una entidad religiosa, una religión entendida como un conjunto de dogmas sobre la divinidad, de sentimientos de veneración y de normas morales y de prácticas rituales basadas en creencias profundas, serias y trascendentes”.

Los magistrados recuerdan que el movimiento Pastafari se inició en 2005, al calor de las protestas contra ciertas decisiones de política educativa del Estado de Kansas por lo que su finalidad “en principio, respetable como asociación”, difiere de la que es propia de una entidad religiosa, pues en “su credo, estatutos y mandamientos no se aprecia en absoluto finalidad religiosa”.

La Sala hace hincapié en que con la normativa aplicable, tanto la ley orgánica 7/1980, de 5 de julio, de Libertad Religiosa como el real decreto 594/2015, de 3 de julio que regula el Registro de Entidades Religiosas, “evidentemente han de quedar fuera de la protección establecida en la ley de Libertad Religiosa las entidades relacionadas con la difusión de valores humanísticos, o, en general fines ajenos a los religiosos”.

“En absoluto se vulnera con la actuación administrativa recurrida la libertad de manifestar la religión o las convicciones; la libertad de cambiar de religión, y de practicarla individual o colectivamente, en público o en privado; la libertad de profesar o no profesar una religión; la libertad de manifestar la religión o creencias, etc”, subraya el tribunal.

El hecho de que el “pastafarismo” fuera creado “con una finalidad distinta a la religiosa, respetable, pero distinta: la de hacer una parodia crítica a unas decisiones en el sistema educativo del Estado de Kansas” es un hecho histórico -subraya la Audiencia- que permite “confirmar la posición sustentada por la resolución recurrida” y concluir, por tanto, que no se ha vulnerado la libertad religiosa de los recurrentes.

Asociación sí, pero no religiosa

La Sala rechaza asimismo que al negar su inscripción en el Registro de Entidades Religiosas se esté vulnerando su derecho de asociación, puesto que -recalca- “nada impide a los partidarios de la Iglesia Pastafari asociarse, reunirse, expresarse y realizar todo tipo de actividades privadas, en forma de asociación, inscribiéndose en el Registro de Asociaciones”, pero no en el de entidades religiosas.

Entre los principios y credos que recogen sus estatutos figura, por ejemplo, el que considera que “el dios más poderoso, grande y perfecto es el Monstruo de Espagueti Volador, también referido como Monesvol o MEV. Él es invisible e indetectable, creador del Universo después de una borrachera, lo cual explica las imperfecciones de este mundo”. Del mismo modo, estipula la “divina inspiración” de lo que denomina “Evangelio del Monstruo del Espagueti Volador del profeta Bobby Henderson”, su “credibilidad plena” y su “suprema autoridad en todo lo que atañe a la fe y a la conducta, a menos que otro pastafari opine lo contrario”.

Además, los estatutos que los recurrentes pretendían inscribir en el Registro de Entidades Religiosas hacen referencia a que “Monesvol guía continua e invisiblemente la conducta de cada ser humano creyente o no por medio de sus apéndices tallarinescos” y obliga a los “pastafaris devotos” a “vestir completamente con atuendo pirata”, dado que considera a los piratas “el pueblo elegido”. Esta asociación achaca el “calentamiento global, los terremotos, los huracanes y otros desastres naturales” al hecho de que “a partir del siglo XIX ha disminuido el número de piratas” y propugna “el retorno del número de piratas a valores saludables para el planeta mediante la conversión de los fieles a la religión Pastafari”.

Según este peculiar credo irónico, “los pastafaris que se porten razonablemente bien irán al cielo Pastafari, que tiene volcanes de cerveza hasta donde alcanza la vista y una fábrica de bailarines/as de striptease”. En cambio, en su particular infierno “la cerveza está caliente y sin gas y las bailarinas/es de striptease sufren enfermedades venéreas”.

Los solicitantes aseguraban en su solicitud de inscripción registral remitida al Ministerio de Justicia que representan a “un colectivo de personas de diversa procedencia y naturaleza, unidas por la creencia en la existencia de una entidad superior, de naturaleza divina, conocida como el “Monstruo de Espagueti Volador” (abreviado como MEV o Mon-esvol, Monesvol), creador de todo el universo, y director de todo lo que en él habita, así como por el seguimiento de tos dogmas vitales transmitidos por este, y que desean establecerse formalmente como entidad religiosa de ámbito estatal”.