Tribunales

Vox presenta un recursos contra el “Ministerio de la verdad”

Reclama la “suspensión cautelar de la orden gumernamental” porque, de no hacerse destaca que se produciría “un daño irreparable”

El líder de Vox, Santiago Abascal, su portavoz parlamentario, Iván Espinosa de los Monteros y la diputada Macarena Olona
El líder de Vox, Santiago Abascal, su portavoz parlamentario, Iván Espinosa de los Monteros y la diputada Macarena OlonaMariscalEFE

Vox ha presentado un recurso contencioso administrativo contra el “Ministerio de la verdad” del Gobierno donde reclama la “suspensión cautelar de la orden gubernamental” al entender que en una situación de emergencia sanitaria, con un estado de alarma declarado como el vigente, que conlleva “ilegales restricciones a derechos fundamentales y una exorbitante prórroga de 6 meses”, “puede facilitar abusos y actuaciones improcedentes del Gobierno sin que los ciudadanos puedan acceder a una información libre, independiente, plural y contrastada que les permita conocerlas”.

Vox entiende que la suspensión de la orden -de 30 de octubre por la que se publicó el procedimiento de actuación contra la desinformación aprobado por el Consejo de Seguridad Nacional, publicada en el BOE el 5 de noviembre de 2020- no provocaría perjuicio alguno, pues, subraya, se cuenta con herramientas suficientes que permiten verificar información de internet como el derecho de rectificación a acciones civiles o penales por injurias o calumnias, sin perjuicio de mejorar y ampliar la protección legal dentro del respeto al marco constitucional y al europeo.

El partido que lidera Abascal sostiene que, de no accederse a la medida cautelar el proceso perderá su finalidad legítima, ya que se produciría “un daño irreparable” si se llevan a cabo las políticas y estrategias de “lucha contra la desinformación” a través de los organismos previstos en la orden impugnada.

Asimismo, Vox recuerda que desde la sentencia del TC 12/1982, se señala que el artículo 20.1 de la Constitución “significa el reconocimiento y garantía de la opinión pública libre, indisolublemente ligada con el pluralismo político, que es un valor fundamental y un requisito del funcionamiento del Estado democrático”. Recuerdan que, la sentencia de 1982 concluye que “el artículo 20 de la Constitución, tomado en su conjunto y en sus distintos apartados, constituye una garantía de una comunicación pública libre, sin la cual quedarían vacíos de contenido real otros derechos que la Constitución consagra”.