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COVID

Interior prorroga las restricciones de entrada por vía aérea a los viajeros de India, Brasil, Sudáfrica, Perú y Colombia

La medida, por la pandemia, se mantendrá vigente hasta final del próximo mes

Llegada de viajeros a la Terminal 4 del aeropuerto Madrid-Barajas en los días en los que la pandemia se esta revelando como una muy grave crisis sanitaria en la India.Los viajeros empiezan a circular por los aeropuertos debido a la eliminación de las restricciones a la movilidad
Llegada de viajeros a la Terminal 4 del aeropuerto Madrid-Barajas en los días en los que la pandemia se esta revelando como una muy grave crisis sanitaria en la India.Los viajeros empiezan a circular por los aeropuertos debido a la eliminación de las restricciones a la movilidadAlberto R. RoldánLa Razón

El Ministerio del Interior ha dictado una orden para prorrogar las restricciones de entrada a España por vía aérea a los pasajeros procedentes de países de fuera de la Unión Europea y del Espacio Schengen así como para adaptar estas limitaciones a la evolución de la pandemia en los diferentes países. Aparece publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y tiene vigencia el próximo 31.

A partir del mañana, los viajeros procedentes, con o sin escalas, de India, Brasil, Sudáfrica, Botsuana, Comoras, Ghana, Kenia, Mozambique, Tanzania, Zambia, Zimbabue, Perú y Colombia solo podrán entrar a territorio nacional si son “personas residentes en España o en Andorra, o ciudadanos españoles y su cónyuge o pareja con la que mantengan una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público, y aquellos ascendientes y descendientes que vivan a su cargo, siempre que viajen con o para reunirse con éste”.

También podrán hacerlo si son “personal de transporte, marinos y el personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo”, “personal diplomático, consular, de organizaciones internacionales, militares, de protección civil y miembros de organizaciones humanitarias, en el ejercicio de sus funciones” o “personas que acrediten documentalmente motivos de fuerza mayor o situación de necesidad, o cuya entrada se permita por motivos humanitarios”.

Esta medida se ha adoptado con el objetivo de “afrontar el riesgo derivado de nuevas variantes y de la situación epidemiológica sufrida por algunos terceros países” y se adopta en consonancia con las medidas adoptadas por el Ministerio de Sanidad para establecer la medida de cuarentena para las personas que lleguen, con o sin escalas intermedias, procedentes de Brasil, Sudáfrica, Botsuana, Comoras, Ghana, Kenia, Mozambique, Tanzania, Zambia, Zimbabue, Perú y Colombia.

La orden de Interior también se establece en consonancia con la decisión del Ministerio de Sanidad de establecer a partir del 1 de mayo condiciones de cuarentena para las personas que viajen, con o sin escalas, desde India.

“Las restricciones de entrada por vía aérea para pasajeros procedentes de países de fuera de la Unión Europea y del Espacio Schengen se han ido prorrogando y adaptando a la evolución de la pandemia en los diferentes países. La última prórroga, que entró en vigor el pasado 26 de marzo, vencía en la medianoche de este viernes, 30 de abril.