Tribunales

El Supremo rechaza la querella de Jordi Sànchez contra Casado por calumnias: es una “confrontación política”

La Sala enmarca en el curso “de una discusión pública” las expresiones del líder del PP señalando al dirigente independentista por instigar a la violencia en el “procés”

El secretario general de Junts per Catalunya (JxCat), Jordi Sànchez
El secretario general de Junts per Catalunya (JxCat), Jordi SànchezJUNTSJUNTS

El Tribunal Supremo ha rechazado la querella por calumnias e injurias que Jordi Sànchez presentó contra el todavía presidente del PP, Pablo Casado, por acusarle de instigar la violencia en el “procés” al asegurar en un mitin en Zaragoza el pasado diciembre que no le iba a dar lecciones de democracia “un señor que ha sido condenado a nueve años de cárcel, que ha destrozado un coche de la Guardia Civil y se ha subido con un megáfono a instigar a la violencia contra las administraciones del Estado”.

Una afirmación que remató posteriormente con un tuit en el que señaló: “El mundo al revés: un delincuente condenado a 9 años de prisión por dar un golpe al Estado y destrozar patrullas policiales denuncia a quien exige cumplir la ley y la convivencia”.

En el auto de inadmisión a trámite de la denuncia, la Sala Penal del alto tribunal argumenta que esas expresiones “surgen en el curso de una discusión pública que versa sobre asuntos de interés público y que atañe a personas con relevancia pública lo que, de una parte, excluye, en principio, la afectación de la intimidad y, de otra, amplía los límites de la crítica permisible, tanto por la pauta que representa el modo normal en que tales polémicas discurren cuanto por el interés público subyacente”.

Y es que los magistrados recuerdan que las libertades de expresión e información amparan “no sólo críticas inofensivas o indiferentes sino otras que puedan molestar, inquietar o disgustar”, aunque esas críticas puedan resultar “duras e injustas”.

Los cargos públicos soportan “un mayor riesgo”

Las personas públicas, señala la resolución de la que ha sido ponente el magistrado Vicente Magro, “están obligadas a soportar un mayor riesgo de que sus derechos resulten afectados por opiniones o informaciones de interés general”.

El dirigente de Junts per Catalunya (JxCat) anunció su intención de querellarse contra Casado después de que el líder del PP acusara al Gobierno de Pedro Sánchez -en un acto del partido en Galicia- de tolerar “el señalamiento de un niño de cinco años en Canet, en Cataluña”. “¿Se puede tolerar de verdad que a un niño de cinco años se le pueda apedrear, aislar en clase? ¿Se puede tolerar que haya profesores con instrucciones para no dejar ir al baño a niños porque hablan en castellano?”, se preguntó el dirigente popular. Tras conocer la intención de Sànchez de denunciarle por un delito de odio, Casado se refirió en los términos expuestos al líder independentista.

La cuestión, recalca el Supremo, no es si Sánchez “ha sido condenado a nueve años de prisión, ni si se ha destrozado un coche de la Guardia Civil, que lo fueron varios; ni si su actuación fue no violenta, sino que todo dimana de un previo acto referido a temas de contenido político en relación a cuestiones de política educativa a raíz de lo cual se producen las expresiones”. Lo determinante es, añade, es que esas expresiones se enmarcan dentro de los márgenes del “debate político entre personas con tal cualidad y que afecta a aspectos públicos y no privados de su vida”.

Prevalece la libertad de expresión

La Sala hace hincapié en que en su abundante jurisprudencia sobre este asunto tiene establecido que “en el contexto de las críticas públicas a personas que ocupan relevancia social se refuerza la prevalencia de la libertad de expresión respecto del derecho de honor”.

“Los debates de la confrontación política, que en algunos casos pueden ser desacertados”, subraya el TS, “no deben entrar en el terreno del derecho penal, donde el principio de intervención mínima opera con más fuerza que en otras situaciones”.

Las expresiones de Casado en el mitin de Zaragoza, afirma la Sala, “se dirigen contra el hecho de ser querellado” y se produjeron en el curso “de una discusión pública, que versa sobre asuntos de interés público y que atañe a personas con relevancia pública”.

Sánchez formalizó la querella sólo unos días después de que fracasara el acto de conciliación para que el líder del PP se retractara de sus palabras. “Poner en duda el carácter pacífico de Jordi Sánchez en su condición de líder civil del movimiento independentista catalán -se quejó su defensa en la denuncia- supone para el querellante uno de los mayores ataques imaginables a su honra”.