Audiencia Nacional
El juez De Prada rechaza que los presos de ETA tengan que pedir perdón expreso para salir de la cárcel
La Sala de lo Penal concede un permiso de salida al etarra Gorka Lorna en una decisión que cambia el listón que hasta ahora mantenían los magistrados
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha revocado la negativa a dar un permiso de salida de la cárcel al etarra Gorka Loran. Y lo ha hecho con una ponencia del juez Ricardo de Prada que supone un cambio en el criterio del Tribunal que hasta ahora venía exigiendo un perdón directo a la víctima para acceder a este privilegio. Ahora, la Sección Primera -a la que se ha incorporado este magistrado recientemente- que ve todas las excarcelaciones de etarras dice que el arrepentimiento directo no es “en absoluto” un requisito.
En un auto con fecha del 3 de junio, al que ha tenido acceso este periódico, los togados se desdicen del criterio que hasta ahora imperaba y por el que el juez de vigilancia penitenciaria de la Audiencia Nacional rechazó en un primer momento dar este permiso de salida. El solicitante es el preso de ETA Gorka Loran, que cumple condena de 20 años de prisión en la cárcel de Álava por delitos de terrorismo. Según el informe de la prisión no tiene sanciones, la evaluación global de las actividades es “excelentes” y realiza trabajos en el economato. Ha cumplido tres cuartos de la condena que es, eso sí, condición sine qua non para disfrutar del paso de grado penitenciario. El permiso es la fase previa a la libertad que, en el caso de Gorka Loran, llegaría en diciembre de 2023 con el cumplimiento total de la pena.
“La circunstancia expresada de que no consta escrito de interno manifestando su arrepentimiento y petición de perdón a las víctimas, no es en absoluto un requisito legal para la obtención de permisos penitenciarios”, afirma de forma rotunda el escrito.
Las Asociaciones de Víctimas llevaban tiempo expectantes con el cambio de magistrados en este tribunal después de la salida de la presidenta de anterior la Sala Penal Concepción Espejel bajo cuyo mandato se había consolidado una doctrina que subía el listón para conceder permisos y la semilibertad. Bajo su batuta no se estaban admitiendo cualquier escrito genérico “en la línea de los presentados por otros penados de la organización terroristas”, expresaron algunas de sus resoluciones. Pero ahora esta línea roja empieza a diluirse.
En concreto, según este auto, no existen “víctimas concretas de su actividad delincuencial, ya que no fue condenado por ninguna muerte ni lesión a persona alguna, sino por la colocación de un artefacto explosivo que no llegó a explotar”, indica el juez De Prada. Por eso, fue condenado por tentativa de asesinato. Un argumento del todo endeble para las víctimas que recuerdan que la Policía desactivó un explosivo colado en el InterCity Irún en Madrid en el que iban 180 pasajeros y cuatro tripulantes.
El propio Gorka Loran expresó en una carta que durante estos años de condena había “reflexionado” y “madurado”. “Como es normal, no pienso igual que como pensaba cuando cometí aquellos delitos”, señala su escrito. “Soy consciente que la organización a la que pertenecí provocó mucho sufrimiento a muchas personas, y tengo la necesidad de reconocer ese sufrimiento. [...] Un dolor y sufrimiento que lamento profundamente. Lo digo con total sinceridad, porque hace tiempo que llegué a la conclusión de que había que haber hecho todo lo posible para evitar dicho sufrimiento, que nunca debió de ocurrir. Y espero que nunca se repita”.
Los magistrados invitan a que la lectura de esa carta se haga desde una perspectiva “comprensiva”, “sin perjuicios y con respeto humano”. Dicen que “de ninguna manera, pues, ha de valorarse negativa ni despectivamente este escrito, transmitiendo con ello al penado un mensaje de desaprobación, incomprensión o rechazo, sino que al contrario ha de hacerse una crítica positiva”. Añaden que esto debe fortalecer la resocialización y la reinserción social por parte del interno.
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