Tribunales

El TC anula el archivo de la investigación por el suicidio en comisaría de un detenido por violencia de género

Insta a reabrir el procedimiento para esclarecer si los agentes hicieron "cuanto era posible" para evitar que el riesgo de que terminara con su vida en los calabozos

Una señal de tráfico frente a la sede del Tribunal Constitucional, ayer
El Tribunal Constitucional, en la imagen su sede, ha concedido el amparo a la hermana de la víctimaFernando SánchezEuropa Press

La Sala Segunda del Tribunal Constitucional (TC) ha acordado por unanimidad anular el archivo judicial de la investigación por la muerte, en junio de 2020, de un hombre detenido por como presunto autor de un delito de violencia de género que se ahorcó en los calabozos de una comisaría de Policía de Algeciras (Cádiz). La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Enrique Arnaldo, estima así el amparo solicitado por la hermana del fallecido frente a la decisión de dar carpetazo al asunto, con el respaldo de la Fiscalía, en vía judicial.

El sobreseimiento de la causa se acordó al concluir que la investigación no incorporaba "dato alguno que apuntara a que los policías encargados de la vigilancia en calabozos actuaran con falta de diligencia en el suceso autolítico que acabó con el fallecimiento del detenido".

Sin embargo, el TC considera que las resoluciones judiciales impugnadas en amparo vulneraron el derecho de la recurrente a la tutela judicial efectiva puesto que "no puede considerarse que la decisión de acordar el sobreseimiento provisional y archivo de la causa sea conforme con las exigencias de una investigación judicial suficiente y eficaz".

Y es que, según la Sala, durante la instrucción se dejaron de practicar "diligencias indagatorias propuestas en tiempo y forma" por la hermana del fallecido, que ejercía la acusación particular, así como por la acusación popular, a cargo de la Asociación de Juristas Gitanos. Unas diligencias que, subraya, "podían resultar adecuadas para el mejor esclarecimiento del suceso".

Sobre todo, añade la corte de garantías, para determinar "si el riesgo de suicidio del detenido era real e inmediato y si los agentes de Policía encargados de su custodia hicieron cuanto era posible para evitar que ese riesgo se materializase o incurrieron en algún tipo de responsabilidad por los hechos investigados".

Con estos argumentos, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional anula las resoluciones impugnadas -que rechazaron la continuación del procedimiento- y ordena la continuación de la instrucción, para que el juez instructor pueda así llevar a cabo "la práctica de las diligencias indagatorias necesarias para satisfacer la exigencia constitucional de una investigación judicial eficaz y suficiente, en un suceso tan grave como es la muerte violenta de un detenido en dependencias policiales".