Recta final

Un TC fracturado se prepara para avalar la ponencia que ve la amnistía constitucional

Los magistrados estudian desde hoy el borrador de sentencia que respalda que la ley es acorde con la Carta Magna, aunque no se pronuncia sobre la malversación de Puigdemont

El borrador de la sentencia de la amnistía del Tribunal Constitucional (TC) avala que la polémica ley es constitucional, aunque según las fuentes consultadas no se pronuncia sobre el delito de malversación que frena la aplicación de la norma a Carles Puigdemont en el Tribunal Supremo (TS). Según esas mismas fuentes, la ponencia estima parcialmente el recurso de inconstitucionalidad contra la ley en cuestiones puntuales (como la que extiende la impunidad a hechos cometidos antes del 13 de noviembre de 2023 "aunque su ejecución finalizase con posterioridad a esa fecha"), pero refrendado que la parte troncal de la Ley de Amnistía es acorde con la Carta Magna.

Para conocer el posicionamiento del TC respecto a la interpretación del delito de malversación que ha llevado al Supremo a rechazar la aplicación de la amnistía a los condenados por el "procés" -con el líder de ERC, Oriol Junqueras, a la cabeza- y a los procesados fugados, entre ellos El regreso de Puigdemont, en manos del TC: cautelar o aval a la amnistía, habrá que esperar a que el tribunal que preside Cándido Conde-Pumpido resuelva los recursos de amparo de los líderes del desafío soberanista en Cataluña, algo que previsiblemente no se producirá hasta el próximo otoño.

El debate sobre la amnistía centra desde hoy el foco en el Tribunal Constitucional, un pronunciamiento histórico que fracturará a la corte de garantías, cuya mayoría progresista avalará previsiblemente la ponencia que desbroza los obstáculos de inconstitucionalidad de la norma.

Aunque los magistrados recibirán hoy esa ponencia, que han estado seis meses elaborando otros tantos letrados del TC, el debate no se llevará al Pleno hasta la última semana de junio (a partir del día 24). Antes, el próximo día 10, el Pleno abordará las peticiones de PP y Senado –y de tres magistrados conservadores– instando al Tribunal Constitucional a plantear a la Justicia europea las dudas sobre la adecuación de la norma al derecho comunitario (sobre todo en relación a la posible afectación a los cimientos del Estado de Derecho, el principio de igualdad y la normativa europea que persigue el terrorismo y la malversación) o a paralizar su decisión sobre la amnistía hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) resuelva las cuestiones prejudiciales planteadas por cuatro tribunales españoles.

El Pleno cerrará la vía al TJUE

No parece, sin embargo, que ese melón procesal se vaya a abrir y todo apunta a un rechazo de plano a esas peticiones por «extemporáneas» una vez el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, dejó claro que el control «abstracto» de constitucionalidad que corresponde a la corte de garantías es independiente de las decisiones de otros tribunales.

Pero, en todo caso, no será esa semana cuando los magistrados expongan sus argumentos sobre la Ley de Amnistía –el precio político que Pedro Sánchez tuvo que pagar al independentismo para conseguir sacar adelante su investidura–, de manera que esas sesiones únicamente servirán para que la ponente, la vicepresidenta del TC Inmaculada Montalbán, exponga ante sus compañeros las líneas maestras del borrador de la sentencia.

Un fallo que, según las fuentes consultadas, supone una estimación parcial del recurso del PP contra la ley –el primero que resolverá el tribunal y que por aplicación de doctrina servirá de argumentación troncal para el resto de recursos y cuestiones de inconstitucionalidad contra la norma– en cuestiones de escaso calado. Entre ellas, según las mismas fuentes, la que hace referencia a la indeterminación del marco temporal al que se aplica (pues extiende la impunidad a hechos cometidos antes del 13 de noviembre de 2023 «aunque su ejecución finalizase con posterioridad a esa fecha»).

El exvocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) José María Macías toma posesión como nuevo magistrado
El exvocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) José María Macías toma posesión como nuevo magistradoAlberto R. RoldánFotógrafos

El exministro Campo y Macías, apartados

El aval del TC a la amnistía se da por hecho con la actual mayoría progresista del tribunal, que se mantiene tras ser apartados de las deliberaciones el exministro de Justicia Juan Carlos Campo –que se mostró en contra de la medida de gracia en la tramitación de los indultos del «procés»– y el exvocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) José María Macías, que firmó un informe contra la ley como miembro del Consejo.

El primero se aparto voluntariamente y el segundo fue recusado por el fiscal general del Estado y tras ser aceptada su recusación se aplicó en bloque al resto de recursos sin que las partes pudieran hacer alegaciones al respecto, una decisión muy criticada por la minoría conservadora.

Así las cosas, la mayoría progresista (seis magistrados frente a cuatro conservadores) garantiza el respaldo a la ponencia de la vicepresidenta Montalbán y evita a Conde-Pumpido que su voto sea decisivo, como hubiera sucedido si Macías no hubiese sido apartado (al pronunciarse en último lugar como presidente, habría tenido que deshacer el previsible empate a cinco).

«Es todo un teatro», apuntan fuentes del TC sobre el proceso de decisión de la corte de garantías en relación a la Ley de Amnistía, un pronunciamiento que consideran que ya está cerrado de antemano. Sin embargo, fuentes del bloque progresista reclaman sosiego para tomar la decisión. «El proyecto de sentencia está muy trabajado. Sería importante que pudiésemos deliberarlo con tranquilidad», apuntan.

La aplicación de la sentencia, en el aire

Los tres magistrados conservadores que reclaman a Conde-Pumpido que paralice la tramitación del recurso del PP contra la amnistía a la espera del TJUE siembran dudas sobre la aplicación de una sentencia que no espere al pronunciamiento de la Justicia europea.

En el informe remitido al presidente del TC con esa petición, defienden que el derecho de la Unión «faculta a los órganos judiciales nacionales para no aplicar la sentencia que dicte el Tribunal Constitucional mientras no se resuelvan las cuestiones prejudiciales». En esa línea argumentan que los tribunales nacionales están facultados «para no aplicar una decisión de un órgano constitucional superior que pueda reputarse contraria al Derecho de la Unión».