Ongi etorri

"No es delito ser vasco": la Fiscalía rechaza que García Castellón investigue por terrorismo a Sortu por los homenajes a etarras

Se opone a la reapertura de la causa de kalera Kalera y subraya que con ETA "disuelta" no existe ya "riesgo real" de atentados

ongi etorri presos etarras
ongi etorri presos etarrasFotoAgencia EFE

La Fiscalía se ha opuesto a la decisión del juez Manuel García Castellón de reabrir la investigación a Kalera Kalera por la organización de un centenar de homenajes a presos de ETA, centrando ahora sus objetivos -a instancias de Dignidad y Justicia (DyJ)- en sendos chats de Sortu y Sare (la red de apoyo a los reclusos de la banda terrorista) que difundían "directrices e instrucciones" sobre etarras presos y huidos.

El magistrado quiere esclarecer quién estaba detrás de esos mensajes hallados en dispositivos de los etarras Carlos Sáez de Egilaz y Felipe San Epifanio, "Pipe", pero en su recurso el fiscal argumenta que "no todo lo relacionado con el colectivo de presos de la extinta banda terrorista ETA es delito". "No es delito ser vasco. No es delito ser preso, no es delito conversar, no es delito actuar políticamente en la dirección que a cada cual le plazca", defiende.

Pero el Ministerio Público -que el pasado enero pidió al instructor el procesamiento del exdirigente de ETA Antonio López Ruiz, "Kubati", de Sáez de Egilaz, "Pipe" y otros tres exintegrantes de la banda criminal (Oihana Garmendia, Haymar Altuna y Oihana San Vicente)- no ve indicios de terrorismo en esos chats. En el recurso de apelación interpuesto ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, el fiscal Carlos García-Berro hace hincapié en que considerar delictivo esos enaltecimientos "no supone en modo alguno la criminalización de opiniones discrepantes" sino que se persigue "combatir la actuación dirigida a la promoción pública" de los terroristas, "abortando toda clase de justificación y apoyo para lo que no son sino cumplidos atentados contra la significación más profunda del propio sistema democrático". Y, en todo caso, afirma que algunas de esas conductas son más propias de delitos de odio.

Respecto a las conversaciones sobre los presos recogidas en esos chats, la Fiscalía pondera "el respeto a la libertad, la igualdad, la justicia y el pluralismo político como principios fundamentales del ordenamiento jurídico español". Se trata, subraya, "de ciudadanos vascos conversando sobre la situación penitenciaria de presos de una banda terrorista que no existe y planeando estrategias para favorecer sus intereses" sin que de las mismas se desprenda relación alguna con "Kalera Kalera" en la organización de los actos de homenaje a los terroristas".

"No es delito ser preso"

"No es delito ser vasco -asegura-, no es delito ser preso, no es delito conversar, no es delito actuar políticamente en la dirección que a cada cual le plazca. Y, por supuesto, no es delito que los abogados realicen cuantos gestiones consideren oportunas para tratar de favorecer la situación penitenciaria de sus clientes".

Y en cuanto a las comunicaciones mantenidas por algunos integrantes del chat con responsables de Instituciones Penitenciarias, el fiscal no ve tampoco indicios de delito porque en las mismas "no se aprecia atisbo alguno de prevaricación" porque todas la cuestiones relacionadas con la política penitenciaria a las que se hacen referencia "están sujetas al control del Juzgado Central de Vigilancia

Penitenciaria con intervención del Ministerio Fiscal". En esa misma línea, no aprecia un posible delito de revelación de secretos que -recuerda- consiste en revelar "cualquier tipo de información que esté protegida por la ley" o de carácter sensible "que pueda comprometer la seguridad o la privacidad de las personas o las instituciones", algo que "no es el caso".

Aunque los "ongi etorri" a los presos de ETA "viene de antiguo", recuerda el fiscal, toda la actividad de la dinámica Kalera Kalera, desarrollada entre 2016 y 2020, "se ha desarrollado o con la banda terrorista inactiva o con ésta disuelta". Tras dejar claro que "no cabe predicar el carácter terrorista de esta organización" y una vez "descartado" el delito de enaltecimiento del terrorismo, el representante del Ministerio Público defiende que en estas conductas "habría un delito de enaltecimiento del terrorista y de humillación a las víctimas", unas actuaciones que considera "más cercanas al delito de odio". Y recalca que "estaríamos ante un supuesto de ausencia de potencialidad de generar un riesgo real dada la ausencia de terrorismo de ETA por disolución de la banda".

El chat de Sortu

El fiscal pone de relieve que el objeto de la causa "es la organización criminal Kalera Kalera", centrada en la organización de los ongi etorri, "los actos de homenaje a los presos de la banda terrorista ETA cuando salen de prisión, pero no cuando ingresan". "Si ante una detención de un miembro de la banda terrorista ETA el movimiento abertzale y su entorno deciden dar tal o cual respuesta -precisa- no sólo es algo totalmente ajeno a la presente causa, sino que además es irrelevante penalmente".

En el canal de mensajería de telegram "Sortu-herritmoa bizitu" -administrado por la formación abertzale según la Guardia Civil- y que García Castellón ha ordenado investigar, el fiscal afirma que "ni se imparten directrices e instrucciones" ni la actividad desplegada "es constitutiva de actividad criminal de ningún género". De ahí que considere que si se ampara "esta imprudente línea de investigación" se incurre "en una investigación prospectiva". "No todo lo relacionado con el colectivo de presos de la extinta banda terrorista ETA es delito".

En cuanto al uso de Sáez de Egilaz de esos canales de Telegram, por ejemplo, la Fiscalía afirma que "se mantiene informado sobre toda noticia relativa a la salida de prisión" de cualquier preso de ETA, lo cual "es del todo lógico, pues mal se podría dedicar a sus labores en el seno de una organización criminal orientada a organizar actos de homenaje a presos de la desaparecida ETA a la salida de prisión si no estuviera al tanto del momento de su liberación". Pero insiste respecto a esta nueva vía de investigación, que considera "extemporánea", en que "no se trata de prohibir el elogio o la defensa de ideas o doctrinas, por más que estas se aleguen o incluso pongan en cuestión el marco constitucional".