Análisis del texto legal

Desmontando la Ley de amnistía: los argumentos del texto “no responden a la realidad”, según la AJFV

La Asociación de Jueces Francisco de Vitoria concluye que actualmente no hay un contexto “ni remotamente parecido” al de 2017

Jueces y fiscales avisan ante el acuerdo PSOE-Junts: "Existe un riesgo evidente de quebrar la democracia"
Jueces y fiscales avisan ante el acuerdo PSOE-Junts: "Existe un riesgo evidente de quebrar la democracia"Europa Press

La Asociación de Jueces Francisco de Vitoria (AJFV) ha analizado el texto de la Ley de amnistía que ayer ingresó el PSOE en el Congreso de los diputados con una conclusión contundente: los argumentos que hay en ella "no responden a la realidad" y "son ficticios". Además, señala que la supuesta división de la sociedad catalana a la que alude, no se parece para nada a lo vivido en 2017.

La segunda asociación por número de afiliados ha revisado la jurisprudencia y las motivaciones de anteriores leyes de amnistía, los contextos en los que se justificó su aplicación, y la realidad actual para contrastarlo con las afirmaciones que se incluyen en el texto pactado por PSOE, Junts y ERC. Esta norma es un requisito para asegurar los votos necesarios que den luz verde a la investidura de Pedro Sánchez. En el informe se indica que el análisis se ciñe al Derecho español "y no excluye posibles contradicciones con el Derecho de la Unión Europea".

Al entrar los detalles de la argumentación que se incluye en la Exposición de Motivos de la norma y al compararlo con los hechos acaecido en los últimos años en España, los jueces concluyen que “no responden a la realidad”.

El documento reconoce que en 2017 se produjo "una situación de excepcionalidad y grave tensión social y política” y que esta fue superada mediante la aplicación del mecanismo del artículo 155 de la Constitución y la posterior celebración de elecciones en Cataluña, "no con una amnistía", recuerda. Y señala de forma tajante que “en el momento actual no hay un contexto ni remotamente parecido al de aquellos días y las instituciones funcionan regularmente desde hace años”.

El documento recuerda que, a diferencia de otras leyes de amnistía, "en este caso no estamos ante un cambio de régimen, ni la amnistía responde a un consenso social amplio, ni la legislación cuyas consecuencias se quieren eludir es ilegítima o esencialmente injusta" y señala que las justificaciones de la amnistía de 1977, "señaladas por el Tribunal Constitucional", no son aplicables en este caso.

Asimismo, aluden a que la sociedad catalana se encuentra actualmente en una situación de normalidad, que la posible desafección hacia las instituciones es algo generalizado de toda la sociedad española, y destacan que "la convivencia democrática existe en este momento". Descartan también que los acontecimientos sociales y políticos permitan advertir "un grado de deterioro de las bases que la sustentan de tal magnitud como para justificar una medida como esta amnistía".

"El malestar social derivado de futuras condenas se puede evitar con un indulto, que afecta en mucha menor medida al principio de igualdad. De hecho, ya se han concedido indultos en el pasado, en relación con hechos comprendidos ahora en esta propuesta de amnistía y que fueron justificados con este mismo argumento", sugiere el escrito.

Tras examinar los artículos de la proposición de ley, no encuentra "ninguna finalidad constitucionalmente legítima" que justifique la aprobación de una amnistía, una medida que vulnera el principio de igualdad. De ello, concluyen que el articulado de la ley apunta a "liberar de toda responsabilidad por sus actos a las personas que cometieron delitos dentro del ámbito de influencia de los partidos independentistas", algo que se aplicaría "de manera mucho más limitada" a las actuaciones policiales que buscaban "reprimir aquellos delitos".

Constitucionalidad y desigualdad

La aplicación de esta ley, según la asociación, no se justifica porque la finalidad "es lograr la (casi) completa irresponsabilidad de las personas vinculadas al movimiento independentista por la comisión de hechos delictivos" y añade que de forma indirecta, "se buscaba asegurar un acuerdo político de cara a la investidura del presidente del Gobierno". A juicio de esta organización, "ninguna de estas finalidades justifica la desigualdad que genera la aplicación de la ley".

Adicionalmente, al evitar que las personas implicadas respondan por los hechos cometidos, se afecta al principio de exclusividad de la jurisdicción, "que corresponde solamente a jueces y magistrados", sostiene, tal como señala el artículo 117 de la Constitución. Y acusa que la norma busca derogar declaraciones judiciales de responsabilidad, "lo cual está vedado al legislador", recalca.