"Caso Koldo"

Dos informes de letrados del TC rechazan admitir el recurso de Cerdán: ni trascendencia constitucional ni derechos fundamentales afectados

El magistrado ponente propone inadmitir el amparo, lo que cierra la puerta a abordar la suspensión cautelar de la prisión del exdirigente del PSOE

La hermana de Santos Cerdán cobró 2.000 euros al mes en 2020 como administrativa de Servinabar
Santos Cerdán acude a declarar al Supremo horas antes de que el juez le envíe a prisiónEuropa Press

Ni hay trascendencia constitucional ni se aprecia que resulten afectados derechos fundamentales. Con estos dos argumentos, dos informes de letrados del Tribunal Constitucional (TC) se inclinan por inadmitir el recurso de amparo que presentó ante la corte de garantías Santos Cerdán, ex secretario de Organización del PSOE, en prisión provisional desde el pasado 30 de junio por su supuesta implicación en el «caso Koldo», en el que se investigan el posible reparto de comisiones a cambio del amaño de diversas adjudicaciones públicas.

La previsible inadmisión del recurso supondría que el TC no llegaría siquiera a estudiar la petición de la defensa de Santos Cerdán (que paralelamente ha vuelto a plantear al Supremo que le deje en libertad) de que se suspenda cautelarmente su prisión.

La Sección Segunda de la Sala Primera del Constitucional, la única de mayoría conservadora, prevé adoptar una decisión en las próximas horas, pero según ha podido saber LA RAZÓN el ponente de la resolución, el magistrado José María Macías, ya ha trasladado a sus compañeros –el presidente de la sección, el magistrado Ricardo Enríquez, y el exministro de Justicia Juan Carlos Campo– su oposición a la admisión de la demanda de amparo por idénticos motivos a los planteados por los dos letrados de la corte de garantías.

Pendiente de la decisión de dos magistrados

Ahora resta que se pronuncie Campo, pendiente de un informe que ha encargado a otro letrado, y en último lugar, como presidente de la sección y magistrado más antiguo de la misma, lo hará el conservador Enríquez.

Si cualquiera de ellos respalda la negativa de Macías a tramitar el amparo (que el exvocal del Consejo General del Poder Judicial ha acompañado de los referidos informes de esos dos letrados), el recurso del exdirigente socialista se rechazará de plano.

Y es que a diferencia de lo que sucede cuando se produce una admisión a trámite de un recurso de estas características, cuando son necesarios los votos de los tres integrantes de la sección, en una providencia de inadmisión solo se requiere el respaldo de dos de los tres magistrados.

En cualquiera de los casos, la providencia con la decisión final la firmará Enríquez como presidente de la Sección Segunda, a la que correspondió por turno este asunto que en ningún momento se planteó que, por su especial trascendencia, se abocara a Pleno para que participaran en la decisión los doce magistrados del Tribunal Constitucional.

Y eso que los abogados de Santos Cerdán, Benet Salellas y Jacobo Teijelo, sostenían en su recurso que la decisión sobre la supuesta vulneración de derechos fundamentales de quien fuera «mano derecha» de Pedro Sánchez en el PSOE –al mantenerlo en la cárcel por riesgo de destrucción de pruebas– es un asunto de relevante repercusión social que puede tener consecuencias políticas generales, por lo que instaron al tribunal que preside Cándido Conde-Pumpido a admitir el amparo y a suspender de forma cautelar la orden de prisión provisional acordada por el juez Leopoldo Puente para evitar así daños «irreparables». De otra forma, alertaban, se lesionaría el derecho a la libertad, a la integridad moral y a no declararse culpable de Cerdán de forma irremediable.

Fuentes jurídicas consultadas cuestionan no obstante la estrategia de Santos Cerdán para intentar salir de prisión y califican de «perturbador» que, tras recurrir en amparo ante el Tribunal Constitucional, «reabra la vía ordinaria y vuelva a solicitar el Tribunal Supremo su libertad» (como ha hecho recientemente, cuestión sobre la que el alto tribunal aún no se ha pronunciado). Y aventuran que con ese movimiento «quizá busque recurrir de nuevo en amparo, si el Supremo le niega de nuevo la libertad, en busca de una sección de mayoría progresista».

Ve afectados sus derechos fundamentales

La defensa de Santos Cerdán justificó la trascendencia del asunto sometido a amparo en que «se trata de un procedimiento promovido por presunta corrupción dentro de la esfera política del Gobierno del Reino de España» y recordó al TC que Santos Cerdán fue «secretario de Organización del PSOE» y «figuraba como tercero en la lista de Gobierno, siendo uno de los cargos públicos más próximos al presidente del Gobierno».

Al mismo tiempo, sus abogados dedicaron parte de su argumentación a explicar por qué con la instrucción abierta acudían al TC para reclamar su libertad. Y lo hicieron esgrimiendo que la negativa del Supremo a revertir la orden de prisión ponía fin «a los medios de impugnación previstos por las normas procesales dentro de la vía judicial ordinaria» (algo que no sucede ya en estos momentos, pues hay una nueva petición de libertad todavía en trámite), sin que «procesalmente pueda plantearse otro recurso».

»Siendo este un tema de afectación directa sobre los derechos fundamentales de nuestra Constitución –expusieron sus abogados en el recurso– no queda otro remedio que acudir en vía extraordinaria a este alto tribunal para solicitar amparo». Aunque el TC no se trate de «una segunda instancia», admitían, «sí que tiene la facultad de corregir las vulneraciones de los derechos fundamentales de los ciudadanos». Unas supuestas vulneraciones sobre las que ahora debe pronunciarse la Sección Segunda y que ninguno de los dos letrados consultados por el ponente aprecia.