Ley Trans

Un hombre intenta inscribirse como mujer porque le "beneficia" en las oposiciones

El juez deniega certificar el cambio de sexo al concluir "con total certeza" que no es una persona transexual

MADRID, 22/06/2020.- Una bandera ondea ante el Congreso de los Diputados mientras representantes de colectivos de personas Trans y de Familias de toda España se manifiestan, este lunes en el centro de Madrid, para mostrar su malestar por el documento interno de PSOE, donde se mostraban contrarios al cumplimiento de su acuerdo programático con respecto a la Ley Trans. EFE/Luca Piergiovanni
Una bandera trans ondea ante el Congreso de los Diputados durante una manifestación de este colectivo Luca PiergiovanniAgencia EFE

Un juez de San Bartolomé de Tirajana (Gran Canaria) ha rechazado la inscripción en el Registro Civil del cambio de sexo de un hombre al concluir "con total certeza" que no se trata de una persona transexual y que solo buscaba que ese paso le "beneficiara en las oposiciones y acceso al empleo" al acogerse a las medidas de discriminación positiva para garantizar la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.

En una resolución del pasado 17 de julio, el magistrado a cargo del Registro Civil del citado municipio grancanario se opuso a la medida al advertir un "ánimo espurio", que asimismo le llevó a rechazar en la fecha la certificación de otro cambio de sexo por idénticos motivos.

En ambas resoluciones -las primeras, según fuentes jurídicas, de las que se ha tenido conocimiento público, y que "han inspirado resoluciones análogas en otros juzgados de España"-, el magistrado llega a esa conclusión después de constatar que aunque afirman sentirse mujeres, admiten que no se lo han comentado a familiares y amigos. "Es del todo incongruente y contrario a máximas de la experiencia que una persona que se siente mujer lo manifieste a través de la rectificación del sexo en el registro civil antes de compartirlo con familiares y allegados", argumenta.

Asimismo, resalta que ninguno de los dos ha contactado con ninguna asociación de transexuales "ni ha rectificado su sexo previamente con ninguna administración pública". Para el titular del Juzgado de Primera Instancia número 5 de San Bartolomé de Tirajana, resulta también "revelador" que no desconozcan los requisitos previos a la Ley 4/2023 para la igualdad real y efectiva de las personas trans en cuanto a esa rectificación registral.

Quería conservar su nombre masculino

En el caso del primer solicitante, subraya además que "ha manifestado que el cambio de sexo le beneficiará en las oposiciones y acceso al empleo" y que el hecho de que quiera conservar su actual nombre masculino "es también indicativo del fraude en el que incurre, sin perjuicio de que la ley lo autorice".

Respecto al segundo varón que intentó sin éxito el cambio de sexo, el juez añade a los argumentos anteriores "el hecho de que quiera cambiarse el nombre para denominarse Anarkia Gnosia", lo que según expone "permite inferir que el objetivo del solicitante nada tiene que ver con sus sentimientos hacia la rectificación registral" dado que, como en el anterior supuesto, "no es titular del derecho que tratar de ejercitar". En esas circunstancias, recalca, acceder a la modificación registral de cambio de sexo, que le permitiría beneficiarse de las medidas de discriminación positiva, vulneraría el derecho a la igualdad y sería "contrario al ordenamiento jurídico" al tratarse de un "notorio" fraude de ley.

El magistrado reproduce en ambos autos idénticos motivos para denegar la medida. "Si bien es cierto que la técnica legislativa empleada es del todo mejorable, el espíritu de la Ley -sostiene- no es otro que el de facilitar la rectificación del sexo a aquellas personas que de verdad se sienten disconformes con el asignado". La normativa, recuerda, "flexibiliza al máximo el procedimiento para lograr la ausencia de estigmatización del colectivo transexual", pero eso -defiende- "no puede conllevar la autorización automática de la rectificación de aquellas personas que incurren en un profundo abuso de derecho, tratando de rectificar su mención registral para beneficiarse de las medidas de discriminación positivas existentes en la legislación, tendentes a garantizar la igual efectiva entre mujeres y hombres".

Por eso, concluye, autorizar la rectificación del sexo de un individuo, cuando el juez encargado del Registro Civil aprecia el "ánimo espurio" de la solicitud, "vulneraría de forma flagrante" el derecho fundamental a la igualdad, "del que emanan dichas discriminaciones positivas tendentes a garantizar la igualdad de todos".

No es un "mero automatismo"

Según argumenta, aunque la Ley Trans no condiciona el ejercicio del derecho a la rectificación a la presentación de informes médicos o psicológicos ni "al cambio de funciones o apariencias corporales", su aprobación "no puede consistir en un mero automatismo accionado por una simple solicitud". Es necesario, insiste, que el juez encargado del Registro Civil tenga la certeza de que "la persona no está conforme con el sexo mencionado en su inscripción de nacimiento". De ahí que -sostiene aludiendo a una instrucción del pasado mayo de Seguridad Jurídica y Fé Pública- está obligado a ejercer "el control sobre el fraude de ley o el abuso de derecho".

Tras esa comprobación, el magistrado considera en ambos casos "con total certeza" que el motivo de la solicitud "nada tiene que ver con la falta de conformidad con el sexo asignado, sino que obedece a otros motivos", por lo que sus pretensiones van "contra el espíritu de la Ley", que -recuerda-, "como su propio nombre indica tiene por misión garantizar la igualdad de las personas transexuales".

Tal y como informó ayer este periódico, otro juez de Las Palmas de Gran Canaria denegó también la inscripción registral del cambio de sexo a un sargento que pretendía inscribirse como mujer, acogiéndose a la Ley Trans, al advertir que lo que pretendía en realidad era obtener un ascenso a subteniente de manera ventajosa beneficiándose de las medidas legales de discriminación positiva.