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"Caso Koldo"

El juez envía a prisión a Ábalos y Koldo por "extremo" riesgo de fuga

Puente acuerda la medida porque el peligro de que huyan aumenta ante la proximidad del juicio dada la gravedad de los delitos y las penas que afrontan

El exministro José Luis Ábalos, que fue "número tres" del PSOE y hombre de máxima confianza de Pedro Sánchez, dormirá esta noche en la cárcel. El magistrado del Tribunal Supremo (TS) Leopoldo Puente ha acordado su prisión incondicional y la de su exasesor Koldo García ante el riesgo de fuga y la gravedad de los delitos que se les imputan por el supuesto cobro de comisiones ilegales.

La decisión del instructor del "caso Koldo" de enviar a prisión al exdiputado socialista (ahora en el Grupo Mixto) se produce a instancias de la Fiscalía y de las acusaciones populares, que solicitaron la medida tras las vistillas celebrada en el Tribunal Supremo (TS) para decidir sobre la modificación de las medidas cautelares que hasta ahora impedían al exministro y a Koldo García salir de España (tuvieron que entregar el pasaporte) y les obligaban a comparecer cada 15 días en el juzgado.

Para el magistrado del Supremo, la prisión de Ábalos es el "único instrumento posible" "para asegurar racionalmente la pronta celebración del acto del juicio oral, conjurando el evidente riesgo de que, en las circunstancias concurrentes en este momento, pudiera el acusado sustraerse a la acción de la Justicia".

Se trata de la primera vez -desde que Ábalos compareció voluntariamente en el Supremo el 12 de diciembre del pasado año- en que el fiscal jefe de Anticorrupción, Alejandro Luzón ha solicitado el ingreso en prisión de los dos investigados, algo que ya habían hecho sin éxito las acusaciones populares (que antes de estas comparecencias ya habían adelantado que instarían al instructor a acordar la privación de libertad.

Juicio "muy próximo"

El magistrado justifica la prisión provisional, comunicada y sin fianza para ambos -a quienes imputa delitos de integración en organización criminal, cohecho, uso de información privilegiada, tráfico de influencias y malversación- en la existencia de indicios delictivos más que bastantes. Según Puente, el riesgo de que se sustraigan a la acción de la Justicia es "extremo", por lo que considera que no puede minimizarse con las actuales medidas cautelares en vigor (comparecencias quincenales en el Juzgado y retirada del pasaporte) ante un previsible "muy próximo" juicio. Según pone de manifiesto, existen numerosos indicios racionales de criminalidad frente a ambos, unido al hecho de que las acusaciones reclaman que se les impongan penas muy graves.

Según el instructor, son tres las circunstancias que han cambiado desde que el pasado 14 de octubre se negó a acordar la prisión de Ábalos (como pidió la acusación popular). En primer lugar, el auto de procesamiento del pasado 3 de noviembre, donde se detallan los "consistentes indicios" contra el exministro.

En segundo lugar, destaca que ya se han presentado los escritos de acusación, interesando la apertura de juicio oral y atribuyendo "graves delitos" al exdirigente socialista, por los que solicitan que se le imponga graves penas cuya extensión (24 y 30 años de prisión, respectivamente) "se comenta por sí sola". En el caso de Ábalos, subraya, aunque se le imponga la pena mínima no será inferior a los diez años de cárcel.

Comunicación al Congreso

Y en tercer lugar, argumenta, dada la condición de aforado de Ábalos, el juicio se celebrará previsiblemente "en apenas unos meses" y la sentencia (al no ser recurrible) será firme, "sin que la prisión provisional, en consecuencia, pudiera en ningún caso superar ese relativamente breve período de tiempo".

Al mismo tiempo, recuerda que Ábalos también está siendo investigado por el supuesto amaño de adjudicaciones de obra pública a cambio de comisiones, una actuación "de la que igualmente podrían derivarse graves responsabilidades penales" para el exministro.

De ahí que considere "extremo" el riesgo de que se fugue en estas circunstancias.

Puente ordena que se ponga en conocimiento de la presidenta del Congreso de los Diputados, Francina Armengol su resolución, en cuanto afecta a la situación personal de Ábalos como aforado, así como el auto de procesamiento del pasado 3 de noviembre, tal y como obliga el artículo 14.1 del Reglamento de la Cámara Baja tras concederse el suplicatorio para que se inicie el trámite para su suspensión.

Ha manejado "importantes cantidades de dinero"

Puente descarta que el hecho de que su único sustento sea, como él mismo ha manifestado, el sueldo de diputado (que perderá una vez el Congreso le suspenda en sus funciones tras la orden de prisión), "le vincule de particular manera estable a nuestro país". La pérdida de ese salario, recalca, "se produciría también, dentro previsiblemente de pocos meses, para el caso de ser dictada en su contra una sentencia de sentido condenatorio".

En sustento de ese "máximo" riesgo de fuga, el instructor incide en que el exministro "ha podido recibir y manejar importantes cantidades de dinero en metálico, al punto que durante varios años no precisó realizar egreso alguno de sus cuentas bancarias, lo que permite inferir razonablemente que pudiera disponer de recursos económicos bastantes

para emprender y sostener la fuga". A lo que añade sus "más que evidentes" contactos internacionales, también a consecuencia de su desempeño público, a través de los cuales podría obtener fondos "con el propósito de facilitar o contribuir a la fuga".

Su abogado: el objetivo es que colabore

Durante la vistilla, el abogado de Ábalos, Carlos Bautista, ha incidido en la falta de indicios delictivos contra el exministro y ha negado el riesgo de fuga por su arraigo en España al tener un trabajo conocido (por su condición de diputado). Según fuentes jurídicas, el letrado se ha quejado de la vulneración del derecho de representación política que supone acordar su entrada en prisión, una medida que considera que se ha solicitado por las acusaciones para forzar la colaboración con la Justicia del exministro socialista.

Pero Puente rechaza este argumento y asegura que "si ese fuera el -sin duda inaceptable-, propósito de las acusaciones o del instructor, no sería este el momento más adecuado para acordar la prisión provisional, cuando ya, debido al avanzado estado del procedimiento, poco relevante parece que pudiera el acusado aportar en este momento".

El abogado de Ábalos ha defendido que la propia actitud del instructor contradice ese supuesto riesgo de fuga, pues en lugar de convocar la vistilla de forma inmediata, amparándose en el artículo 539.4 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, "le da una semana para fugarse" (el tiempo que ha tardado en celebrarse la comparecencia tras solicitarlo tanto Anticorrupción como las acusaciones populares). Pero el juez replica en el auto de prisión que la vistilla se convocó con tiempo suficiente "para que pudiera articular su derecho de defensa".

Durante su intervención, añaden esas mismas fuentes, la defensa de Ábalos ha cuestionado por "incoherente" el informe de la UCO sobre el patrimonio del ex secretario de Organización del PSOE, "aderezado con la declaración de un mentiroso" (en referencia nada velada al empresario Víctor de Aldama).

Y a las quejas de su defensa sobre una supuesta vulneración del derecho de representación política (al privarle de ejercer como diputado por el ingreso en prisión), el juez no aprecia menoscabo alguno y precisa que "los efectos que pueda proyectar la prisión provisional" sobre su actividad parlamentaria "es decisión que corresponde adoptar al Congreso de los Diputados en aplicación del Reglamento que lo regula".

Ábalos, solo y sin maleta

La comparecencia de Ábalos en el Supremo se ha prolongado durante 45 minutos, durante los cuales Puente ha escuchado los argumentos a favor y en contra de la prisión del exministro. El ex "número 3" del PSOE llegó antes de las nueve y cuarto de la mañana (estaba citado a las diez) en un coche, solo y sin maleta (previsión que algunos investigados adoptan ante la posibilidad de terminar en prisión). Únicamente llevaba en la mano una pequeña mochila.

Mucho más tarde se ha celebrado la vistilla de Koldo García, puesto que el juez la retrasó hora y media para que su abogada tuviese tiempo de asistir a la declaración en la Audiencia Nacional del comisionista Víctor de Aldama (para quien Anticorrupción pide una condena de siete años de prisión tras aplicarle la atenuante de confesión por contribuir al esclarecimiento de la investigación con sus revelaciones).

La acusación popular unificada ya adelantó que solicitaría el ingreso en prisión provisional tanto de Ábalos como de Koldo García ante los "indicios racionales de criminalidad" contra ambos por "graves delitos" y por la existencia de riesgo de fuga "ante la proximidad de una condena". Para la acción popular, la medida resulta "idónea, necesaria y proporcionada", puesto que otras medidas menos graves como la fianza o la retirada del pasaporte "no garantizan" que los dos investigados sigan a disposición de la Justicia.

"Fuentes ilegales de dinero en efectivo"

En su escrito de acusación, la Fiscalía Anticorrupción -que pide una condena de 24 años de prisión para el exministro y de 19 para quien fuera su asesor- imputa a ambos delitos de organización criminal, cohecho, tráfico de influencias, malversación y uso de información privilegiada.

Según expone, Koldo llevó a cabo -incluso después de que Ábalos fuese cesado como titular de Transportes en julio de 2021- labores más de asistente que de asesor, desempeñando para el entonces ministro "un buen número de tareas de muy diversa índole, tanto profesionales como personales, lícitas e ilícitas".

Fue, subrayaba, "el alter ego de José Luis Ábalos durante su mandato al frente del ministerio" hasta el punto de que tanto en el propio ministerio como en el seno de otras Administraciones Públicas "se sobreentendía que Koldo García era el fiel transmisor de las decisiones y los deseos de José Luis Ábalos, habitualmente parapetado tras su asesor".

Anticorrupción destaca que Koldo "manejó las fuentes ilegales de dinero en efectivo" de Ábalos, "actuando de facto como testaferro de su superior en las actividades delictivas que bien pronto ambos acometieron al amparo de sus cargos con la colaboración, entre otros", del comisionista Víctor de Aldama.

"Común beneficio económico"

En el desarrollo de sus relaciones personales con Aldama, la Fiscalía considera que los tres investigados vieron "la oportunidad de obtener un común beneficio económico" aprovechando el cargo de Ábalos ostentaba en el Gobierno de Pedro Sánchez y también en el PSOE, que coincidieron en que "podría favorecer, naturalmente a cambio del correspondiente beneficio económico del que todos participarían, la contratación con la Administración Pública en cuantas ocasiones hubiera oportunidad, por empresas cuyos intereses captaría y promovería" Aldama, a quien se facilitaría "el acceso preferente a la Administración para la realización de las gestiones que precisara para sí mismo" o para empresas para las que actuaba de intermediario.

El fiscal jefe Anticorrupción, Alejandro Luzón, sostiene que en connivencia con Koldo y Aldama, el entonces ministro acordó en el contexto de la pandemia la adquisición a través de Puertos del Estado y ADIF, organismos públicos dependientes de Transportes, la adquisición de sendas partidas de mascarillas a cambio de recibir "una indebida compensación económica" procedente de Aldama, "quien, a su vez, se benefició en términos económicos de las comisiones que le reportaba la realización del mencionado ilícito negocio" (se embolsó 3,7 millones de euros).

Además, según la Fiscalía, "prevaliéndose de su cargo de ministro de Fomento y de la consiguiente posición de superioridad jerárquica sobre el resto de autoridades y funcionarios de dicho ministerio", Ábalos habría ejercido, siempre a través de Koldo, "una presión moral eficiente sobre sus subordinados para promover la contratación" de su entonces pareja Jessica Rodríguez "en dos empresas dependientes de este ministerio". Del mismo modo, ambos también promovieron "la arbitraria contratación" de la ex miss Asturias Claudia Montes, "quien formaba parte del círculo personal del entonces secretario de Organización del PSOE", en este caso por Logirail.

Reparto de roles

"Cada uno de ellos asumió un papel diverso y complementario en la organización, en un preciso reparto de funciones que se reveló muy eficaz", apunta Luzón en el escrito de acusación de la fiscalía. Así las cosas, Ábalos, "a quien tanto Koldo García como Víctor de Aldama consideraban el jefe, aportaba la autoridad que le confería su máxima responsabilidad" en el ministerio "y su directa influencia cuando era precisa, aprovechándose en lo demás de los oficios de su hombre de confianza, Koldo García".

Por su parte, Aldama "fue la persona que, en beneficio propio y de terceros, aprovechando su influencia" sobre Koldo y Ábalos "garantizada mediante el pago continuado de elevadas cantidades de dinero, consiguió para sí o para terceros y con beneficio económico propio la adjudicación de determinados contratos". De manera que el comisionista "era el encargado de localizar empresas o particulares interesados en cualquier clase de gestión con la Administración para, articulando sus intereses, hacerlos valer con preferencia y de manera arbitraria ante aquella, siempre a cambio de la correspondiente prestación económica, de la que igualmente hacía partícipes a José Luis Ábalos y a Koldo García".

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