A un paso del banquillo

Tres meses de respiro para García Ortiz: no irá a juicio antes de noviembre

El instructor no tiene previsto dictar el auto de apertura de juicio oral contra el fiscal general del Estado hasta septiembre

El Fiscal General de Estado, Álvaro García Ortiz
El fiiscal general de Estado, Álvaro García Ortiz, a las puertas del Tribunal SupremoAlberto R. RoldánLa Razón

Confirmado el procesamiento del fiscal general del Estado por la difusión de datos reservados de Alberto González Amador, novio de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso, la incógnita reside en saber cuándo será juzgado Álvaro García Ortiz y si dimitirá o será cesado en su cargo antes de sentarse en el banquillo, algo que a día de hoy se antoja improbable.

En cuanto a la posible fecha del juicio, esta vendrá marcada por el momento en el que el instructor, el magistrado Ángel Hurtado, dicte el auto de apertura de juicio oral, que a partir de entonces dejará la causa en manos de la Sala de lo Penal. Si, como apuntan fuentes del Tribunal Supremo, Hurtado no lleva a juicio al máximo representante del Ministerio Público hasta después de las vacaciones, ya en septiembre, las previsiones apuntan a que el juicio no podrá comenzar antes del mes de noviembre.

Y es que esos dos meses son necesarios, apuntan las fuentes consultadas, para que la Sala se pronuncie sobre la prueba a practicar en el juicio, que ya han propuesto las acusaciones en sus escritos –en los que solicitan hasta seis años de prisión para García Ortiz– y que deberá precisar la Abogacía del Estado, que representa al fiscal general– en su escrito de defensa una vez dictado el auto de apertura de juicio oral.

Decisión clave sobre la prueba

Una vez con todos los escritos de acusaciones y defensa en su poder, la Sala –que previamente deberá quedar constituida por siete magistrados– habrá de decidir qué testigos de los propuestos por las partes comparecerán finalmente en el juicio, así como la incorporación a la causa de diversa documentación y qué peritos escuchará el tribunal durante la vista oral.

Una tramitación final del procedimiento que normalmente suele demorarse alrededor de dos meses en el Supremo. Además, las fuentes consultadas apuntan que el presidente de la Sala de lo Penal, Andrés Martínez Arrieta (recientemente nombrado por el Consejo General del Poder Judicial, aunque ya ejercía de forma interina) no querrá que el comienzo del juicio se retrase más de lo estrictamente necesario, dada la repercusión del asunto y la situación en la que queda la institución que preside García Ortiz, que jamás ha visto a su máximo representante sentarse en el banquillo de los acusados.

Pero, en todo caso, ese plazo puede prolongarse más tiempo. Y dependerá en buena medida del comportamiento procesal del fiscal general, en la medida en que la Abogacía del Estado pretenda plantear al Supremo una batería de pruebas de difícil admisión con la vista puesta en un posterior recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (si finalmente fuese condenado) por vulneración de derechos fundamentales. Una demanda en la que una supuesta conculcación de su derecho a la tutela judicial efectiva (por el rechazo de pruebas que considera prioritarias para poder defenderse del delito de revelación de secretos del que se le acusa) ocuparía sin duda un lugar nuclear.

García Ortiz y el TC

Precisamente en este sentido, las fuentes jurídicas consultadas prevén que García Ortiz pueda plantear una prolija prueba, incluso con carácter anticipado (como ya ha hecho, por cierto, alguna de las acusaciones), que pueda demorar el señalamiento de la fecha de comienzo del juicio. En ese caso, la vista podría comenzar incluso ya en 2026.

Entre los testigos propuestos por las acusaciones (en este caso APIF) figura el ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán, quien según los mensajes de WhatsApp analizados agitó a la entonces asesora de Moncloa Pilar Sánchez Acera para que instara a Juan Lobato, en esas fechas líder de los socialistas madrileños, a utilizar contra Ayuso en la Asamblea el correo en el que González Amador reconocía el fraude fiscal que le imputa la Fiscalía.

Otra acusación popular, Manos Limpias, pretende que testifique Óscar López, ministro para la Transformación Digital. Otros nombres –como el de Sánchez Acera, actual «número dos» del PSOE de Madrid, y Juan Lobato– han sido propuestos como testigos por diversas acusaciones, al igual que sucede con varios periodistas.

Pero a la espera del auto de apertura de juicio oral, el juez Hurtado tendrá que tomar antes una decisión trascendental: si suspenden cautelarmente en el cargo al fiscal general, como le pidió ayer APIF. El abogado de la acusación popular, Juan Antonio Frago, sostiene en el escrito remitido al Supremo que la suspensión «es imprescindible para garantizar el correcto desarrollo del proceso».

Petición de suspensión cautelar

Si García Ortiz continuara siendo fiscal general en el acto del juicio oral, avisa, «él sería el superior jerárquico del fiscal designado para intervenir y, en calidad de tal, podría impartirle órdenes». En tal caso, asegura, «el fiscal designado, en vez de promover la acción de la Justicia en defensa de la legalidad», actuaría «al servicio del propio acusado».

Para evitar esta «insólita situación», que según advierte «dinamitaría los principios constitucionales que rigen el funcionamiento del Ministerio Fiscal», APIF considera «particularmente necesario que se suspenda de forma provisional» a García Ortiz en sus funciones.

El fiscal general no está obligado a dimitir aunque se siente en el banquillo, porque entre las causas de su renuncia no está incluida expresamente que se abra juicio oral contra él (una situación insólita en la historia de la institución). Pero la acusación popular esgrime el artículo 145.1 del Reglamento del Ministerio Fiscal, que obliga al fiscal general a suspender cautelarmente en sus funciones cuando se dicte auto de apertura de juicio oral contra «cualquier miembro del Ministerio Fiscal» por hechos cometidos en el ejercicio de sus funciones. Para APIF «no ofrece ninguna duda» de que el fiscal general se integra dentro del concepto «cualquier miembro del Ministerio Fiscal».

Esa decisión, puntualiza, no la podría adoptar García Ortiz, a, tener «un interés directo en el asunto», por lo que entiende que ha de ser el instructor quien adopte la medida cautelar