Golpe al Gobierno

Varapalo judicial a Marlaska y su política de "cortijos y caciques"

La Audiencia Nacional anula el expediente disciplinario abierto contra el policía Samuel Vázquez, víctima de una "brutal persecución" por parte de Interior

Observatorio para la Libertad Religiosa pide a Marlaska "medidas concretas para frenar el crecimiento del antisemitismo"
Observatorio para la Libertad Religiosa pide a Marlaska "medidas concretas para frenar el crecimiento del antisemitismo"Europa Press

El presidente de la asociación "Una Policía para el Siglo XXI", Samuel Vázquez Álvarez, viene "sufriendo desde hace más de un año, una brutal persecución por parte de altos cargos políticos de la Policía Nacional y del Ministerio del Interior, teniendo que soportar la apertura de seis expedientes sancionadores distintos en menos de un año". Una situación insostenible e injustificada que obligó a este policía nacional a acudir a los tribunales alegando "la vulneración tanto del principio de tipicidad, como del derecho fundamental a la libertad de opinión y expresión y a la tutela efectiva, así como desviación de poder y falta de proporcionalidad de la sanción impuesta por falta de motivación".

Argumentos que han sido estimados íntegramente por el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 2 de la Audiencia Nacional en una sentencia, que supone un duro golpe a la política de nombramientos del Gobierno y de su ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska. Pero para entender lo establecido en dicha sentencia hay que remontarse a febrero de este año, cuando el secretario de Estado de Seguridad impuso a Samuel Vázquez una "sanción de suspensión de funciones durante un mes por la comisión de una falta grave en materia de régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía". ¿El motivo? dos tuits que el policía, en calidad de presidente de la asociación, había publicado en sus redes sociales el 28 y 30 de marzo de 2023.

Unos tuits en los que el presidente de "Una Policía para el Siglo XXI" anunciaba, por un lado, el ejercicio de acciones penales contra el Director General de la Policía (a través de una querella por acoso laboral, coacciones y prevaricación administrativa que ha sido admitida a trámite por la Audiencia Provincial de Madrid) y por otro, hacía constar que Marlaska (con el visto bueno del Consejo de Ministros) había designado como directores generales tanto de la Policía Nacional como de la Guardia Civil, a personas sin ninguna experiencia operativa previa y con nulos conocimientos en la materia, cuya función principal es proteger los discursos políticos y las estructuras de poder en perjuicio de la protección social.

Tuit 28 de marzo de 2023

"El DG de la Policía acaba de firmar mi expediente disciplinario con pérdida de empleo y sueldo. Ha tocado el pan de mis hijos, así que ya no pararé hasta verle sentado en un banquillo.

Este viernes seguiré luchando por acabar con este sistema de cortijos y caciques"

Tuit 30 de marzo de 2023

"Ningún conocimiento en ciencia policial o criminología. Cero experiencia operativa en la materia.

Mientras ellos protegen estructuras de poder y discursos políticos, los barrios se vencen y las ciudades se rinden.

Si quisiesen proteger a su familia, escogerían a los mejores"

Desde Interior, la administración sancionadora consideró que ambos tuits suponían una infracción grave, tipificada en el artículo 8.a de su Régimen Disciplinario: "La grave desconsideración con los superiores, compañeros, subordinados o ciudadanos, en el ejercicio de sus funciones o cuando cause descrédito notorio a la Institución Policial". Y, en este punto, decidió imponer a Samuel Vázquez la suspensión de sus funciones durante tres meses. Asimismo, anula la resolución impugnada al considerarla contraria a derecho e impone el pago de todas las costas a la Administración demandada (en torno a 4.000 euros).

Esta actuación fue denunciada por el agente y la Audiencia Nacional le ha dado la razón al estimar íntegramente su demanda. El Alto Tribunal, en su fallo, declara "nula la sanción impuesta, con todos los efectos económicos y administrativos inherentes a dicha declaración, incluido el borrado de dicha sanción del expediente" del policía nacional Samuel Vázquez.

¿Qué dice la sentencia contra Interior?

En su sentencia, la Audiencia Nacional considera que las expresiones vertidas por el agente en sus tuits son "atípicas", por lo que no encajan en la descripción del tipo elegido por la administración. Asimismo, establece que el expediente sancionador contra Samuel Vázquez por supuesta "desconsideración" a sus superiores y compañeros "no puede incardinarse como ejecutada en el ejercicio de las funciones del actor como policía nacional". O lo que es lo mismo, que esos tuits fueron escritos como presidente de la asociación "Una Policía para el Siglo XXI", no como agente de la Policía. En este sentido, el magistrado insiste en que en el expediente sancionador "no consta qué función encomendada estaba ejecutando materialmente al escribir los tuits". Y eso es porque, de hecho, no estaba en "el ejercicio de sus funciones" como policía nacional.

Ya en el terreno del "descrédito notorio" a la Institución Policial, la sentencia deja claro que "nada más lejos de la realidad". Así, asegura que en los términos utilizados por el agente no se aprecia ni un ápice de crítica a la Policía Nacional, sino a ciertos mandos políticos que el demandante considera que son "caciques", que alimentan un "sistema de cortijos" y "protegen estructuras de poder y discursos políticos". En definitiva, constata que el prestigio de la Policía Nacional, como Institución (al igual que sucede con la Guardia Civil) "trasciende a sus autoridades políticas y no se menoscaba (y menos aún de forma notoria) por las críticas personales a sus dirigentes". En este punto, presupone cierta "arrogancia" por parte de los afectados, dar por hecho que las críticas hacia ellos menoscaban la imagen de la Institución.

Por todo ello, señala que si bien los afectados pueden emprender acciones legales contra el agente por las críticas, "no es de recibo utilizar en su contra el aparato represivo del Estado, a través del temible derecho sancionador". Así, recuerda que Samuel Vázquez interpuso una querella por "acoso laboral, coacciones y prevaricación administrativa contra sus superiores, admitida a trámite por auto de la Audiencia Provincial de Madrid el pasado 14 de mayo". En definitiva, el fallo estima que más allá de estar de acuerdo o no con las manifestaciones del agente, estas se enmarcan y están amparadas por el derecho a la libertad de expresión y opinión para criticar a las autoridades y cargos públicos.