Agresión

Dos años de cárcel por irrumpir en un box de Urgencias en A Coruña y golpear al médico en la cara

El condenado, reincidente y con esquizofrenia paranoide, deberá también indemnizar al facultativo y será expulsado del país durante siete años

Juzgados de lo penal, A Coruña.
Juzgados de lo penal, A Coruña. Barrallo

Era de madrugada en el servicio de Urgencias del hospital de A Coruña. Uno de esos turnos en los que el cansancio pesa y las prioridades se multiplican. El médico acababa de pedirle a un paciente que esperase: estaba atendiendo a otra persona.

Pero lo que parecía una simple instrucción se convirtió en una brutal agresión. El paciente, lejos de obedecer, irrumpió en el box y le propinó un puñetazo en la cara. Fue un ataque inesperado, directo, que le dejó lesiones visibles y, probablemente, una huella más profunda: la de sentirse vulnerable en su propio lugar de trabajo.

Ahora, más de dos años después, la Justicia ha cerrado el caso con una condena firme. El Juzgado de lo Penal número 3 de A Coruña ha impuesto al agresor una pena de dos años y seis meses de prisión por un delito de atentado, además de una multa por lesiones leves y una indemnización al facultativo de 550 euros.

La sentencia reconoce que el acusado actuó con las funciones cognitivas conservadas y ya había sido condenado anteriormente por un delito similar. Por eso, se aplica la agravante de reincidencia y solo se atenúa parcialmente su responsabilidad debido a su diagnóstico de esquizofrenia paranoide.

El médico herido, que sufrió una contusión en el pómulo izquierdo y una herida incisa en la nariz, necesitó asistencia sanitaria inmediata y cinco días de recuperación. En su fallo, el magistrado destaca la especial gravedad de los hechos por haberse producido en el entorno hospitalario, donde los profesionales desarrollan una labor esencial bajo presión constante.

Además de la pena de prisión, la sentencia incluye una orden de alejamiento de cuatro años y la expulsión del territorio nacional durante siete años, salvo que el penado acredite un arraigo suficiente en España. También deberá hacer frente a las costas del proceso y cumplir una multa de 810 euros, con la advertencia de prisión en caso de impago.