Jubilación no deseada

Un funcionario de Vigo no podrá retrasar su jubilación: la Justicia le obliga a retirarse

La sentencia sostiene que la extensión del servicio no es un derecho automático y se debe valorar si resulta necesaria la continuidad del trabajador

Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG)
Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG)larazonlarazon

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado el recurso de un funcionario del Ayuntamiento de Vigo que solicitaba prolongar su jubilación más allá de los 65 años y seguir en activo hasta los 70. Los magistrados han dictaminado que su situación no cumple con la normativa aplicable a los funcionarios de la Administración General del Estado y han avalado la decisión del Concello de no renovar su permanencia en el puesto.

El solicitante es un ingeniero industrial adscrito al área de Fomento, aunque en los últimos meses desarrollaba funciones en el departamento de Comercio. Solicitó la prórroga de su jubilación, alegando que la normativa pública permite extender el servicio activo de los 65 a los 70 años, una petición que fue rechazada por la Concejalía de Recursos Humanos. A juicio del Concello, su continuidad era innecesaria desde el punto de vista organizativo, dado que ya existían otros ingenieros prestando apoyo técnico en su área.

El caso se produjo después de que el funcionario intentase apoyarse en el argumento de que la Administración pública permite en general extender la edad de jubilación forzosa. Sin embargo, tanto el Concello como los jueces han remarcado que esta opción no constituye un derecho automático y que cada organismo debe valorar la necesidad del trabajador en activo. En este contexto, la negativa del Ayuntamiento vino acompañada de la idea de que su permanencia no generaba un beneficio organizativo relevante, lo que refuerza la decisión judicial de limitar su retiro a la edad inicialmente prevista.

Argumentos enfrentados

El funcionario alegó que, tras su salida, el Ayuntamiento tuvo que asignar a cuatro empleados para cubrir las tareas que desempeñaba, lo que evidenciaría, a su juicio, la necesidad de su puesto. También denunció que la Administración no resolvió su expediente en el plazo legal, que se basó en un informe del Servicio de Fomento en lugar del de Comercio y que no se consultó al comité de empresa.

El TSXG no ha admitido estas quejas. Los jueces consideran que la prórroga prevista en la normativa estatal no es aplicable a funcionarios de corporaciones locales y, además, entienden que no existe un beneficio real en mantenerle activo al contar el departamento con personal suficiente. La sentencia, fechada el 16 de julio de 2025, confirma así la resolución del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Vigo, que ya había rechazado su petición.

De este modo, el funcionario deberá jubilarse en la fecha que le correspondía, en octubre de 2024, y asumir el pago de 1.000 euros en costas procesales. La decisión zanja un proceso judicial en el que el Concello ha defendido que la continuidad del trabajador era innecesaria y que la organización interna del servicio quedaba garantizada sin su presencia.