Tribunales
Más años de cárcel a un matrimonio de funcionarios del Sergas que accedió al historial médico de familiares
La pena para ella, que entró más de 800 veces en año y medio, sube 10 meses por la atenuante de obcecación, mientras que la de él se dispara 4 años
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha aumentado de modo significativo las penas impuestas a un matrimonio de funcionarios del Servicio Gallego de Salud (Sergas) por acceder en numerosas ocasiones, sin permiso, al historial clínico de distintos familiares.
Así, el alto tribunal gallego eleva a tres años y cuatro meses de cárcel la pena de la mujer que, sin conocimiento ni autorización y sin que existiera motivo asistencial que lo justificara, accedió multitud de veces al historial médico de su padre y de su hermana.
Sin embargo, el TSXG eleva hasta los seis años y medio de prisión la condena a su marido, también funcionario del Sergas, por los mismos hechos, ya que en este caso no ha tenido en cuenta la atenuante de obcecación que sí se consideró con ella.
Esta atenuante limita la responsabilidad criminal rebajando la pena del sujeto activo del delito cuando actúa por causas o estímulos que le hayan producido una ofuscación o conmoción que le impidan dominar la situación creada.
Más de 800 consultas frente a 32
El TSXG, al igual que en la sentencia de primera instancia, entiende probado que la mujer, mediante el uso de sus claves del programa IANUS –el sistema de historia clínica del Sergas– consultó en 511 ocasiones el expediente de su padre y en 303 el de su hermana, entre mayo de 2015 y diciembre de 2016.
Por su parte, el hombre hizo lo propio en 27 ocasiones con el historial de su suegro y en cinco con el de su cuñada, entre mayo de 2015 y enero de 2016.
El alto tribunal gallego ha considerado que se trata de delitos continuados y ha incrementado la condena de dos años y medio de cárcel impuesta a cada uno de los dos acusados por la sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago de Compostela.
Así, además de las penas de prisión como autores de dos delitos continuados de descubrimiento de secretos, agravados por la condición ejecutiva de funcionarios públicos, concurriendo las atenuantes de dilaciones indebidas y, solo en el caso de la mujer, la de obcecación, el TSXG los ha inhabilitado, respectivamente, durante cuatro años y nueve meses y nueve años.
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