Calendario escolar

El próximo curso escolar arranca en Galicia el 11 de septiembre y finaliza el 20 de junio

Las vacaciones de Navidad comprenderán del 23 de diciembre al 7 de enero de 2025 y la Semana Santa irá del 14 al 21 de abril

Varios niños en un aula.
Varios niños en un aula.Marta Fernández JaraEuropa Press

El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica hoy el calendario para el próximo curso escolar 2024/2025, que rige para todas las etapas educativas. De este modo, se ratifica la propuesta avanzada en su momento por la Consellería de Educación, comenzando las clases en Galicia el 11 de septiembre de este año y finalizando el 20 de junio de 2025.

En el caso del 2º curso de Bachillerato, las clases concluirán de acuerdo con las fechas previstas para la evaluación de acceso a la universidad, EBAU.

Los períodos de vacaciones escolares serán:

  • Desde el día 23 de diciembre de 2024 hasta el día 7 de enero de 2025, ambos inclusive, por Navidades.
  • Los días 3, 4 y 5 de marzo de 2025 (Carnavales).
  • Desde el día 14 hasta el día 21 de abril de 2025, ambos inclusive, período correspondiente a la Semana Santa.

Tampoco serán días lectivos los declarados fiestas de ámbito estatal y los festivos oficiales de la comunidad, así como el Día de la Enseñanza, que se celebrará el 31 de octubre.

Evaluación de diagnóstico y adaptación

La orden de calendario también recoge que el próximo curso las pruebas de evaluación de diagnóstico fijadas por el Gobierno del Estado a través de la Lomloe para 4º curso de Primaria y para 2º de ESO se realizarán entre el 1 y el 11 de abril de 2025.

En cuanto al periodo de adaptación para el alumnado de 4º curso de Educación Infantil, los centros pueden optar por una incorporación gradual que no se prolongará más allá de 17 de septiembre.

Y en lo que respecta al servicio de comedor escolar, en todos los centros públicos funcionará desde el 11 de septiembre de 2024 hasta el 20 de junio de 2025, ambos incluidos. No obstante, las jefaturas territoriales, por circunstancias concretas de organización, podrán autorizar la modificación de las fechas de comienzo y final de las actividades lectivas y de funcionamiento de los comedores escolares.