Tribunales

Ratificadas las penas de cárcel por una agresión sexual múltiple a una chica de 18 años en Vigo

Fue forzada en un domicilio pese a pedir que parasen, y uno de los condenados grabó parte de la agresión sin su consentimiento

Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.Europa Press

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado íntegramente la sentencia dictada en abril por la Audiencia Provincial de Pontevedra que condenaba a dos hombres -uno de ellos huído a República Dominicana y capturado allí posteriormente- a penas de ocho y nueve años de prisión por una agresión sexual múltiple cometida en Vigo en septiembre de 2022. El tribunal rechaza así los recursos presentados por las defensas de los condenados y por la acusación particular, que pedía también condena para un tercer implicado.

Los hechos probados describen que la joven, de 18 años, conoció a los acusados durante una salida nocturna y se desplazó posteriormente a un domicilio en Vigo. Allí mantuvo inicialmente relaciones consentidas con uno de ellos, pero la situación derivó en una agresión cuando ambos actuaron de forma conjunta y la sometieron a penetraciones vaginales, anales y bucales, pese a las reiteradas negativas de la víctima, que pedía que parasen.

El tribunal recoge que, además, uno de los condenados grabó en su teléfono móvil un vídeo de 14 segundos con parte de la agresión sin el consentimiento de la joven. La grabación fue localizada posteriormente en su dispositivo por la Policía.

Como consecuencia de lo sucedido, la víctima sufrió un cuadro de ansiedad compatible con estrés postraumático, que requirió tratamiento médico y psicoterapéutico durante varios meses y dejó secuelas emocionales de carácter leve.

En primera instancia, la Audiencia Provincial de Pontevedra impuso a los acusados penas de ocho y nueve años de prisión, además de medidas de alejamiento durante 18 años, inhabilitación para profesiones con contacto con menores durante 14 años y libertad vigilada durante cinco años tras el cumplimiento de la condena. A uno de ellos se le añadieron tres años y medio más de cárcel por un delito de descubrimiento y revelación de secretos.

Ambos deberán indemnizar de forma conjunta y solidaria a la víctima con 17.000 euros, de los que ya se han consignado 7.500.

El TSXG avala ahora aquella resolución al considerar que la declaración de la víctima es creíble, persistente y está corroborada por pruebas periciales, testificales y documentales, incluida la grabación encontrada en el teléfono. La Sala subraya que la oposición explícita de la joven, unida al contexto intimidatorio generado por los acusados, confirma la ausencia de consentimiento.

El tribunal también desestima el recurso de la acusación particular, que reclamaba condena para un tercer acusado por omisión del deber de socorro, al entender que los hechos probados no encajan en ese tipo penal. La sentencia del TSXG solo puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.