Ayudas escolares
El TSXG iguala las condiciones de las ayudas a libros de texto y material escolar para alumnos discapacitados
Atiende una sentencia de Down Galicia, que recurrió la orden por entender que discriminaba a los escolarizados en centros ordinarios frente a los de especializados
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha emitido una sentencia en la que ha dado la razón a la Federación Down Galicia y en la que considera "discriminatoria" la orden de ayudas para libros de textos y material escolar de la Xunta, que deberá ser modificada para el nuevo curso académico.
El alto tribunal gallego califica como “discriminatoria” la normativa en los términos en los que se encuentra redactada considerando que existe diferencia de trato para los alumnos escolarizados en centros ordinarios respecto a los que están en centros específicos de educación especial o en unidades de educación especial.
Esta sentencia del TSXG responde al recurso presentado en julio de 2023 por la Federación Down Galicia contra la orden 10 del 10 de mayo por la que la Consellería de Educación convoca ayudas para adquirir libros de texto y material escolar destinadas a los alumnos matriculados en educación primaria, secundaria y educación especial en centros sostenidos por fondos públicos.
“No se encuentra una justificación razonable para conceder las ayudas de forma prioritaria al alumnado que recibe educación en centros específicos o en unidades de educación especial en centros ordinarios”, destaca la sentencia.
Tras hacerse pública la misma, Down Galicia ha aplaudido el resultado señalando, a través de un comunicado, que el máximo órgano del poder judicial en Galicia le “da la razón” al considerar "discriminatoria" la mencionada normativa.
“La sentencia indica que es indudable la diferencia de trato que la orden dispensa al alumnado con necesidades específicas de atención educativa escolarizado en centros ordinarios en modalidad inclusiva o que no alcancen un determinado grado de discapacidad (65%), respecto del alumnado escolarizado en centros específicos de educación especial o en unidades de educación especial en centros ordinarios”, expone la asociación.
“La sentencia estima íntegramente el recurso presentado por la Federación Down Galicia, anulando las disposiciones impugnadas y resaltando que la normativa establece una injustificada diferencia de trato que infringe el artículo 14 de la Constitución Española y vulnera el derecho fundamental a la educación inclusiva”, subrayan.
Fin a la discriminación
El presidente de Down Galicia, Delmiro Prieto, considera que el pronunciamiento de este dictamen “implica que se ponga fin a la discriminación a la que durante los últimos años estuvieron sometidas las familias que optaron por la escolarización de sus hijos e hijas en escuelas ordinarias”.
Prieto explica que “después de 10 años esperando a que la Consellería rectificara una orden claramente discriminatoria y viendo que continuaban incumpliendo su promesa de trabajar en conjunto para modificarla, no nos quedó más remedio que acudir a la vía judicial para que la justicia se pronunciase sobre este tema y las órdenes de los próximos años sean justas e igualitarias para con todo el alumnado con discapacidad”.
La reivindicación del movimiento Down en Galicia, iniciada en el año 2014, se centró en la necesidad de que todo el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo fuera tratado "en igualdad de condiciones, independientemente de su grado de discapacidad o del tipo de escolarización". Es decir, que la orden contemplase los mismos requisitos para el alumnado con discapacidad igual o superior al 33% independientemente del centro educativo que escoja para ser educado: ordinario o específico.
Sin embargo, según explica Down Galicia en su nota, la orden de ayuda de libros y material escolar de la Xunta de Galicia incorporó un régimen "diferenciado y específico" en las ayudas de los libros de texto y material escolar para, por un lado, el alumnado matriculado en Educación Especial, en centros específicos o en unidades de Educación Especial de centros ordinarios; y, por otro, para el alumnado con una discapacidad igual o superior al 65%.
De este modo, la federación subraya que el alumnado matriculado en régimen de Educación Especial recibirá la cuantía más alta para adquirir libros de texto (300 euros), así como para material escolar (75 euros), sin ningún tipo de requisito más que estar matriculado en un centro de educación especial o análogo, mientras que la cuantía de la ayuda para el alumnado con discapacidad escolarizado en educación ordinaria dependerá de la renta per cápita de la unidad familiar y, en el caso de las ayudas para la adquisición de libros de texto, no alcanza en ningún momento la cantidad máxima.
Lo mismo sucedió con aquellos alumnos o alumnas con una discapacidad igual o superior al 65%, ya que recibían la cuantía más alta sin tener que cumplir ningún otro requisito.
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