Tensión

Alessandro Lequio explota contra Ana Obregón: "Está ensuciando la memoria de mi hijo"

El colaborador de "Vamos a ver" ha roto su silencio.

Alessandro Lequio y Ana Obregón
Alessandro Lequio y Ana ObregónMediaset / Gtres

No ha sido él quien ha filtrado información sobre Ana Obregón y sus aportaciones económicas a la Fundación Aless Lequio. "Los únicos que tienen acceso a las cuentas son el tesorero y Ana", aseguraba en el programa de las mañanas de Telecinco.

Y ha ido más allá. "Lo que más me duele es que se esté ensuciando la memoria de mi hijo y la única responsable de esto es Ana Obregón (…) Esta no es una historia de la fundación, esta es una historia de Ana Obregón. Ella adquirió el compromiso, que no obligación, de donar sus exclusivas a la Fundación Aless Lequio. A mí lo que me molesta y duele es que se está ensuciando el legado de mi hijo, que es un legado inmaculado y con unas cuentas muy claras. Las cuentas de la fundación están clarísimas, pero las de Ana solo ella sabe cómo están", explicaba visiblemente molesto.

A pesar de todo asegura que no quiere ningún enfrentamiento con la madre de su hijo a la que siempre va a defender por ser precisamente eso, la madre de Aless. Pero la realidad es que desde el nacimiento de la pequeña Ana Sandra, la relación es distante. La actriz ha intentado por activa y por pasiva que el conde italiano conociera a su nieta, pero éste ha preferido no hacerlo.

El comunicado de Ana Obregón

“Ante las noticias e informaciones erróneas y carentes de toda veracidad que vienen sucediéndose en los últimos días a través de diferentes medios de comunicación sobre la FUNDACIÓN ALESS LEQUIO (en adelante ‘la Fundación’), por medio del presente venimos a manifestar que:

1. La Fundación consta debidamente constituida e inscrita en el Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid desde hace más de dos años.

2. La Fundación tiene domicilio social propio e independiente del domicilio personal de la Presidenta de su Patronato, Dña. Ana García Obregón. Desde el pasado mes de julio, una empleada se encarga de su gestión diaria.

3. Las cuentas de la Fundación reflejan con lealtad la realidad económica de la misma y cumplen escrupulosamente las exigencias legales de transparencia y depósito público. A este mismo respecto, las cuentas anuales del ejercicio económico del año 2022 fueron aprobadas por el Patronato de la Fundación y debidamente presentadas al Protectorado de Fundaciones Sanitarias de la Comunidad de Madrid y depositadas en el Registro de Fundaciones de la repetida Comunidad de Madrid.

Por su parte, las cuentas anuales del ejercicio económico del año 2023 serán aprobadas por el Patronato de la Fundación durante los seis meses posteriores al cierre del respectivo ejercicio, esto es, entre los meses de enero y junio del año 2024, tal y como prevé el art. 25.2 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. Una vez sean aprobadas, serán igualmente presentadas al Protectorado y depositadas en el Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid.

4. Dada la desinformación con la que se están vertiendo afirmaciones que mancillan el buen nombre de la Fundación y ponen en riesgo el cumplimiento de los fines de la misma, se hace necesario aclarar que el Protectorado de Fundaciones Sanitarias de la Comunidad de Madrid es el órgano administrativo, perteneciente a la Consejería de Sanidad de la misma, encargado de velar y controlar el correcto funcionamiento de todas las fundaciones en su ámbito de competencia. Tal organismo tiene como funciones, entre otras, velar por el efectivo cumplimiento de los fines fundacionales y verificar si los recursos económicos de la fundación han sido aplicados a dichos fines.

5. Las afirmaciones respecto a la devolución a Dña. Ana García Obregón de la dotación fundacional que, por importe de 30.000 €, realizó la misma, no son más que el reflejo de un absoluto desconocimiento de la normativa reguladora de las fundaciones. Como dispone el art. 21.1 de la Ley de Fundaciones, y el art. 45 a) de su Reglamento de desarrollo, la enajenación y/o el gravamen de los bienes y derechos que formen parte de la dotación o estén directamente vinculados al cumplimiento de los fines fundacionales requerirán la previa autorización del Protectorado, que tan solo la podrá conceder si existe justa causa debidamente acreditada. Es en consecuencia completamente incierta tal afirmación.