Ministerio de Justicia

El «rescate» del Estatut

La Razón
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El debate político catalán, que se avivó con la sentencia del Tribunal Constitucional, ha irrumpido con fuerza antes incluso de que termine agosto y con la mayoría de los políticos sesteando sus últimos días de vacaciones. La iniciativa la han tomado el propio presidente Montilla, que recapitula sus exigencias y aspiraciones en una entrevista con LA RAZÓN; y el Gobierno, que ha aprobado este viernes una serie de medidas destinadas a «satisfacer las aspiraciones de Cataluña», en expresión de la vicepresidenta De la Vega. Para tan elevado propósito, el Gobierno ha prometido reformar la Ley del Poder Judicial y convocar una comisión bilateral para aprobar en septiembre nuevos traspasos de competencias relativas a educación, representación en el exterior, Defensor del Pueblo y participación en instituciones del Estado. Ni que decir tiene que con tanto madrugar el Gobierno pretende que amanezca más temprano en el oscurecido ánimo de los socialistas catalanes, cuyas perspectivas electorales son muy negativas. Es comprensible que las demás fuerzas políticas hayan acogido con cierto escándalo estas decisiones electoralistas del Consejo de Ministros, pero no es lo que más debe preocupar al resto de los españoles. La cuestión de fondo trasciende el «gesto político» en apoyo al PSC y afecta a la lealtad constitucional que deben observar los partidos, y el Gobierno a la cabeza de todos ellos. Dicho de otro modo, si lo que pretende el Consejo de Ministros es burlar la sentencia del Tribunal Constitucional mediante argucias legislativas y relecturas sesgadas, volverá a crujir la estructura del Estado y a dispararse la crispación nacional. Por eso, cabe esperar que el ministro de Justicia, Francisco Caamaño, que como perito constitucional validó de forma temeraria el Estatut, haya aprendido la lección que le ha propinado el Alto Tribunal y no tropiece dos veces en la misma piedra. Así, no se alcanza a comprender cómo el Gobierno obrará el milagro de «rescatar» la parte judicial del Estatut cambiando solamente la Ley del Poder Judicial. Si el TC anuló el artículo 97 al completo no fue porque chocara con una ley orgánica, sino con la propia Constitución. De nada puede servir el maquillaje legislativo, pues lo ya sentenciado es inapelable, a saber: que sólo hay un órgano de gobierno de los jueces (el CGPJ), que el Consejo autonómico no puede realizar nombramientos ni permisos ni autorizaciones de jueces, y que las funciones disciplinarias, las inspecciones y los rescursos contra decisiones de gobierno interno son exclusivas del Estado. Nada de todo esto, verdadero núcleo de las aspiraciones nacionalistas en materia judicial, podrá alterarse mediante una reforma de la ley, por más que se empeñe el ministro Caamaño o el Gobierno en pleno. No estará de más hacer un llamamiento a esa lealtad constitucional de la que tanto gustan alardear los dirigentes socialistas para que no abran otro capítulo condenado al fracaso y la frustración. Los catalanes, a los que tantas veces invocan en vano sus políticos, tienen necesidades más graves y urgentes que remendar un malhadado Estatut por la puerta de atrás.