Finanzas

Condenan a la CAM a devolver la inversión de una pensionista en preferentes

La Razón
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CASTELLÓN- Un Juzgado de la localidad castellonense de Segorbe ha condenado a Banco CAM a abonar a una pensionista 23.285 euros al anular un contrato de compraventa de valores de participaciones preferentes y cuotas participativas, porque la entidad incumplió su deber de información.

La sentencia anula las órdenes de compra de renta fija y valores de renta variable al afirmar que la cliente no fue informada correctamente y ni siquiera le fue entregado un folleto informativo de los valores. La cliente, según el fallo hecho público ayer por el Tribunal Superior de Justicia valenciano, no conocía el verdadero alcance del negocio

El Juzgado considera abusivas dos cláusulas, una relativa al conocimiento del significado y trascendencia de la operación ya que no fue informada correctamente, y otra sobre la exclusión de toda responsabilidad derivada de la contratación por parte de la entidad bancaria.
La mujer pensionista pretendía lograr la máxima rentabilidad de sus ahorros, procedentes al parecer de la venta de un inmueble en el extranjero, por «el lícito deseo» de cualquier persona de mantener y aumentar su patrimonio.

El fallo establece que la contratación pudo deberse a la confianza de la mujer en el director de la oficina. Sin embargo, no es firme y se puede recurrir.