Sevilla

Obligar a las enfermeras a llevar falda es ilegal

El Tribunal Supremo ha declarado anticonstitucional la obligación de la empresa Clínicas Pascual de que sus enfermeras de consultas y planta vistan falda, cofia y medias, frente a la posibilidad de sus compañeras de quirófano y personal masculino de usar pijamas sanitarios.

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La Sala de lo Social del TS, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, dice que tal obligación es contraria al principio de no discriminación por razón del sexo que defiende la Constitución, además de ser una práctica «discriminatoria y una actitud empresarial que no resulta objetivamente justificada».

El Supremo anula, así, una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que falló a favor de Clínicas Pascual, aunque fue recurrida. Dice el Supremo que la dirección de la empresa sanitaria impone con su uniforme de falda y cofia «un vestuario tradicional» con el que «proyecta al exterior una determinada imagen de diferencias entre hombres y mujeres que no se corresponde con una visión actual».