Economía

Coronavirus

La Unión Europea tampoco funciona para asegurar el abastecimiento

Las reglamentaciones diferentes de cada país hacen que los camioneros no sepan a qué atenerse según en el país por el que circulen

Profesiones imprescindibles: transportistas
Un camionero sube a su camión durante una entrega en el polígono industrial Fuente del Jarro de Paterna (València)BIEL ALIÑOEFE

El fracaso de la Unión Europea en la crisis del coronavirus se pone de manifiesto incluso en las reglamentaciones más simples que deberían ser uniformes para todos los estados miembros. Un ejemplo de ellos son las medidas de circulación en carretera de los camiones que tienen que asegurar el abastecimiento de la población y los servicios mínimos.

Los empresarios del sector del transporte y los conductores de camiones han denunciado que la falta de coordinación en los reglamentos en estos días de estado de alarma ha provocado medidas absolutamente dispares que suponen un auténtico rompecabezas para las empresas y dificultan el desarrollo de esta actividad tan necesaria en este momento.

La crisis sanitaria surgida y que está afectando a todos los países de la UE, ha llevado a los Estados miembros a la adopción de diferentes medidas en el ámbito del transporte de mercancías por carretera. Como consecuencia de ello, los tiempos de conducción y descanso para el transporte de mercancías recogida en el Reglamento CE 561/2006, ha sido objeto de importantes derogaciones parciales y regulaciones específicas por parte de los diferentes países.

Denuncian los transportistas que, pese a que hubiera sido deseable una actuación uniforme de todos los países por parte de la Comisión Europea, esta institución ha hecho dejación absoluta de sus funciones de coordinación, permitiendo que cada país haya establecido sus propias medidas en este ámbito, ocasionando con ello una gran confusión por la disparidad y diferente alcance de las medidas en cada uno de los países. Circular por Europa se ha convertido para los conductores de camiones de ámbito internacional, en un auténtico “rompecabezas” de imposible cumplimiento. En España suponen casi un tercio de la flota, teniendo en cuenta que aproximadamente 25.000 transportistas españoles cruzan diariamente por las diferentes fronteras españolas a otros países de la UE.

A la vista de las últimas iniciativas de cada país en esta materia, en la actualidad la reglamentación de los países más visitados por los conductores españoles, son es la siguiente:

ESPAÑA: Se elimina para todas las actividades de transporte el límite máximo de conducción diaria, lo que permitiría conducir hasta 13´5 horas aproximadamente, y además se exime de realizar el descanso semanal normal de 45 horas de duración. Por el contrario, se obliga a cumplir los descansos diarios, el descanso semanal reducido de 24 horas, el tiempo máximo de conducción diaria de 56 horas y el bisemanal de 90 horas.

FRANCIA: Para todas las actividades del transporte se permite incrementar el límite máximo de conducción diaria hasta 10 horas durante 3 días y 11 horas dos veces a la semana. Además se incrementa el límite máximo de conducción semanal a 60 horas y el bisemanal a 102 horas. Asimismo se obliga a cumplir el descanso semanal normal de 45 horas.

PORTUGAL: Para todas las actividades del transporte se elimina el límite máximo de conducción diaria, pero no los descansos obligatorios y además sólo se obliga a realizar el descanso semanal de 24 horas.

ALEMANIA: Se flexibiliza la regulación pero sólo para el transporte de bienes esenciales (alimentos, medicamentos, equipos de protección sanitaria y combustibles), permitiendo incrementar el límite máximo de conducción diaria a 10 horas cinco veces en semana y efectuar dos periodos consecutivos de descanso semanal reducido de 24 horas, pero obligando a compensarlo. El resto de actividades de transporte no tiene regulación especial por lo que deberán aplicar la regulación establecida en la normativa europea.

BÉLGICA: Se flexibiliza la regulación pero sólo para el transporte de bienes esenciales (alimentos y medicamentos), permitiendo incrementar el límite máximo de conducción semanal a 60 horas, el bisemanal a 96 horas y asimismo se permite conducir más de 6 días seguidos sin necesidad de hacer el descanso semanal. El resto de actividades de transporte no tiene regulación especial por lo que deberán aplicar la regulación establecida en la normativa europea.