Tribuna

Jueces bien sentados

Mientras que fuera de España preocupa cómo funcionan esas instituciones y se buscar enderezarlas, aquí la política es colonizar las nuestras

Hace años conocí a Grégor Puppinck. Me pareció una persona muy interesante y como quizás no le conozcan, les informo. Es un abogado y Director del European Center for Law and Justice, ECLJ, una ONG organizada como bufete de abogados que defiende a colectivos cristianos en Europa en cuestiones relacionadas con la promoción y protección de los derechos humanos, en especial la libertad religiosa. Como buena ONG se domicilia cerca de donde desarrolla su actividad, Estrasburgo, de ahí que ECLJ, Parlamento Europeo, Tribunal Europeo de Derechos Humanos y Consejo de Europa sean vecinos; instancias esas -en especial las dos últimas- que suelen tratar cuestiones de las llamadas de «ingeniería social».

De entre esos vecinos estrasburgueses hay uno que desde hace tiempo preocupa a ECLJ, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en especial por algunas faltas de rigor que advierte en su funcionamiento. En 2021, el Tribunal adoptó la Resolución sobre Ética Judicial que refuerza las obligaciones éticas de sus jueces, en particular las obligaciones de integridad, independencia e imparcialidad. Asumía así un informe de ECLJ para que esos jueces sean independientes de cualquier institución, incluida las ONG y otras fundaciones. Y en 2023, el Tribunal publicó unas Instrucciones prácticas sobre intervenciones de terceros, cuyo objetivo era mejorar la transparencia en las acciones de las ONG en el Tribunal. Su origen fue, de nuevo, una iniciativa de ECLJ que había revelado que las ONG que acuden al Tribunal a menudo operan ocultando sus vínculos con las partes o los jueces.

ECLJ ha vuelto a la carga y tras varios informes y cuatro años de intensos debates en el Tribunal, ECLJ acaba de lograr que el Tribunal incluya en sus reglas de funcionamiento la posibilidad de impugnar la designación de los jueces en caso de conflicto de intereses. El proceso ha sido laborioso. Pasó por la presentación de una petición con sesenta mil firmas a la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa. La presión de la Asamblea y de los Gobiernos persuadió al Tribunal para que adoptara estas reformas, lo que le suponía un desafío: tuvo que abordar el problema sin reconocer públicamente su existencia y así no socavar su credibilidad. Se formó un comité intergubernamental de expertos del que formó parte Puppinck.

En las siguientes líneas gloso un interesante artículo de Puppinck sobre este hito, publicado en la web de ECLJ. Nos informa que en 2020 ECLJ emitió su primer informe, ONG y los jueces del TEDH. Fue rompedor y se puede consultar también en su web. Reveló que al menos veintidós de los cien jueces permanentes del Tribunal provienen de siete ONG activas ante ese Tribunal y que han fallado sobre más de cien casos presentados por sus propias ONG. Un claro conflicto de intereses. Además, reveló el especial protagonismo entre esas ONG de la Open Society, de George Soros, con al menos doce jueces procedentes de su red y que financia a las otras seis ONG vinculadas a los diez jueces restantes. Años después, en otro informe, La imparcialidad del TEDH-Problemas y recomendaciones, ECLJ aconsejaba a los Estados y al Tribunal medidas para fortalecer su imparcialidad, entre ellas que instaurase un procedimiento de recusación.

Pues bien, ECLJ ha logrado la reforma del Reglamento de Procedimiento del Tribunal para que los demandantes conozcan de antemano quiénes son los jueces que probablemente decidan su caso y que se solicite la reapertura de un caso inadmitido, si es que el demandante descubre posteriormente que un juez incurrió en conflicto de intereses. Se ha dado así a su artículo 28 una expresiva rúbrica: «Incapacidad para sentarse y recusación» – «Inability to sit and recusal»- que va acompañada de unas «Instrucciones prácticas» sobre cómo recusar. En su empeño para garantizar esa imparcialidad en el Tribunal, ECLJ insiste, por ejemplo, que sus miembros hagan declaración de intereses, tal y como se hace en otros tribunales internacionales; también recomienda que los Estados no propongan a los activistas de las ONG como jueces del Tribunal, sino a jueces con experiencia judicial.

De todo esto podemos sacar varias lecciones. La primera, que cuando una ONG como ECLJ actúa con seriedad, se la tiene en cuenta y con perseverancia obtiene logros. Muy lejos de esas entidades patrias -no las nombraré- dadas a un activismo judicial alocado, que faltas de razonamiento serio disparan a todo lo que se mueve y desacreditan lo que dicen defender. Segundo, que estas iniciativas alertan de cómo se las gastan instituciones internacionales tenidas como incuestionables, benéficas y así recomiendo otro inquietante informe de ECLJ sobre los expertos que intervienen en los procedimientos del Consejo de Derechos Humanos de la ONU. Y, en fin, mientras que fuera de España preocupa cómo funcionan esas instituciones y se buscar enderezarlas, aquí la política es colonizar las nuestras.