
El ambigú
Políticas de Estado
Un pacto de Estado en esta materia no puede nacer de visiones partidistas ni de planteamientos ideológicos
España necesita políticas de Estado y, para ello, hace falta que los partidos políticos, especialmente los que ejercen gobierno, se encuentren comprometidos con la defensa de España, de su Estado y de la Constitución. Algo que resulta incompatible con determinados acuerdos con quienes buscan justamente lo contrario: poner fin a España, a su Estado y a la Constitución. La esencia de los pactos de Estado es la búsqueda de acuerdos: iniciar este camino presentando como pacto de Estado una estrategia contra los incendios forestales bajo el título “emergencia climática” puede no ser el mejor comienzo. Se ideologiza la causa de los incendios y se confunde lo que es una agravación del clima por el uso de combustibles fósiles con una primavera lluviosa que ha dejado nuestros montes repletos de material combustible. Es un enfoque equivocado, semejante a tratar una neumonía con vitaminas. Es imprescindible entender la filosofía de la Ley de Protección Civil. La protección civil no es un mero instrumento ambiental ni un simple mecanismo administrativo: forma parte del sistema de seguridad pública e integra la política de Seguridad Nacional. El sistema está diseñado para facilitar el ejercicio cooperativo, coordinado y eficiente de las competencias distribuidas, según la doctrina constitucional, entre las distintas administraciones públicas. Y en ese esquema, la prevención se configura como uno de sus fines prioritarios. La ley establece que el Estado colaborará con las comunidades autónomas y con las entidades locales, poniendo a disposición los recursos humanos y materiales necesarios en caso de emergencias que no hayan sido declaradas de interés nacional. También regula la actuación de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de las Fuerzas Armadas: lo harán bajo sus mandos naturales y dirigidos por la autoridad designada en el plan de protección civil correspondiente. Asimismo, la normativa define qué debe entenderse por “emergencia de interés nacional”: aquellas que requieran la aplicación de la Ley Orgánica 4/1981 de estados de alarma, excepción y sitio; las que demanden coordinación entre diversas comunidades autónomas y exijan recursos a nivel supraautonómico; y las que, por sus dimensiones, reales o previsibles, necesiten una dirección de carácter nacional. Mal se inicia un intento de acuerdo cuando se confunden las causas de los incendios y se mezclan con los factores que los hacen devastadores. Un pacto de Estado en esta materia no puede nacer de visiones partidistas ni de planteamientos ideológicos. Su objetivo no debe ser reforzar un discurso climático, sino garantizar que nuestros montes, pueblos y ciudadanos estén mejor protegidos frente a un riesgo que es recurrente en España y que se agrava por múltiples factores: abandono rural, acumulación de material combustible, falta de limpieza forestal, déficit de recursos, etc. Cualquier pacto de Estado contra los incendios debe asentarse en tres pilares fundamentales: prevención real, coordinación efectiva y recursos suficientes. Prevención real significa invertir en la gestión sostenible de los montes, promover el uso agrícola y ganadero que reduzca la carga de combustible y fomentar la repoblación rural. Coordinación efectiva implica dotar de plena operatividad al Consejo Nacional de Protección Civil y establecer protocolos claros y ágiles que eviten duplicidades o parálisis administrativas. Recursos suficientes supone garantizar que tanto el Estado como las comunidades autónomas cuenten con medios materiales y humanos preparados, y que las Fuerzas Armadas y de Seguridad actúen con rapidez y eficacia. España necesita políticas de Estado que vayan más allá de los titulares y de la propaganda. Pactar por pactar, o disfrazar de pacto lo que no es más que un presupuesto ideológico, no aporta soluciones reales. Lo que se requiere es compromiso firme con la Constitución, con la seguridad de los ciudadanos y con la defensa del interés general.
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