Vícar
Doble pensión para la hija de una asesinada, «a pesar de la Fiscalía»
El 27 de septiembre de 2011, Salud G. C., madre de una niña, moría a manos de su marido en Vícar, Almería. Tras aquel fatídico día, la tía de la menor, de nombre también Salud, se hizo cargo de ella con la ayuda de una pensión por orfandad simple. Sin embargo, la lucha de ambas y de la letrada María Vázquez Góngora ha permitido que, por primera vez, un juez conceda doble pensión a la menor, por el fallecimiento de su madre y la «muerte civil» de su progenitor, hoy en prisión, como informó el pasado 9 de febrero «La Voz de Almería». Y todo gracias al tesón de ellas, no de ningún estamento público, ya que, como explica a este periódico la abogada, la Delegación de Gobierno para la Violencia de Género y Fiscalía miraron a otro lado en este caso. «Hace un año y seis meses me di cuenta de la laguna legal que había respecto a los menores hijos de víctimas de violencia de género. Por eso, cuando puse la demanda contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), pedí que se trasladara a la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género y a la Fiscalía, como garante de los intereses de los menores, la petición de que actuaran como codemandantes para que respaldasen a la menor y ninguno se presentó al procedimiento. Es vergonzoso», denuncia Vázquez. «Les pediría coordinación, tanto observatorio, tanta institución, para después no hacer nada. No es una cuestión de partidismo, es que en temas de violencia de género hay muchas competencias, y es un desastre absoluto. La lucha contra esta lacra parece propaganda, si no cómo puede ser que haya tanta desprotección del menor en casos de violencia de género y alguien que haya matado a su pareja haya cobrado la pensión de viudedad, como ha ocurrido», se pregunta la abogada de la familia de este caso que ha permitido que el Congreso reconozca el vacío legal, y cuyo fallo abre una nueva vía para la protección de hijos de víctimas de violencia de género, a la espera de que el INSS decida si recurre o no la sentencia. «En vez de recurrir de oficio, al ser un tema muy sensible, se está estudiando la sentencia», afirmaron ayer fuentes de la Seguridad Social, aunque la sentencia, fechada el pasado 24 de enero, sólo da cinco días hábiles para recurrir a partir de su notificación.
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