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El Supremo reduce la pena al violador de una joven con discapacidad por la ley del 'solo sí es sí'
La sentencia recoge una bajada de 13 a 9 años de cárcel, ocho años de libertad vigilada y una indemnización de 20.000 euros a la joven de 22 años de Zaragoza
El Tribunal Supremo (TS) ha generado controversia al reducir de 13 a 9 años la condena de un hombre que violó a una joven de 22 años con discapacidad intelectual en Zaragoza, aplicando la polémica ley del 'solo sí es sí'. A pesar de que el agresor causó "graves lesiones" físicas y psíquicas a la víctima, el Alto Tribunal ha optado por la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual al considerarla "más beneficiosa" para el condenado.
La Sala de lo Penal del TS rechaza los argumentos exculpatorios del condenado, destacando la existencia de "prueba sobrada" en su contra. Sin embargo, al analizar el impacto de la nueva norma, argumentan que la ley del 'solo sí es s' amplió la horquilla de penas de 7 a 15 años, siendo más beneficiosa que la anterior. Esta decisión ha suscitado críticas, ya que el delito, que causó "tratamiento quirúrgico urgente" a la víctima, ha sido considerado de "singular gravedad".
A pesar de la rebaja de la pena, la Sala del Supremo reconoce la vulnerabilidad de la joven, que presenta una discapacidad intelectual del 48% y ha sido declarada incapaz total por un juzgado. La sentencia incluye restricciones adicionales, como la prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 800 metros durante 14 años, ocho años de libertad vigilada y una indemnización de 20.000 euros a la joven.
El caso, que data del 3 de julio de 2020, involucra a un agresor con antecedentes penales. A pesar de la contundencia de la sentencia de la Audiencia de Zaragoza, que ratificó el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, el debate se centra en la interpretación y aplicación de la ley del 'solo sí es sí' en situaciones de violencia sexual a personas con discapacidad, planteando interrogantes sobre la efectividad y equidad de dicha legislación.
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