Sevilla

La Universidad de Sevilla debe devolver todas las subvenciones para la biblioteca del Prado tras la sentencia del TSJA

Subraya que la paralización de la obra de Zaha Hadid no fue por "fuerza mayor", ya que la US "tuvo la oportunidad de evitarlo, por ejemplo, mediante un cambio de ubicación del proyecto"

Las obras de la biblioteca del Prado se echaron para atrás
Las obras de la biblioteca del Prado se echaron para atrásManuel OlmedoManuel Olmedo

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a la Universidad de Sevilla (US) a devolver al gobierno autonómico el montante total de las subvenciones recibidas para su Biblioteca General, un proyecto que no se hizo realidad tras la anulación, por parte de los tribunales, de la declaración del terreno elegido -los jardines del Prado de San Sebastián- como equipamiento de uso educativo.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Alto Tribunal rechaza, de ese modo, el recurso presentado por la US que argumentaba, entre otras razones, que el edificio, que llevaba la firma de la arquitecta iraquí Zaha Hadid, no pudo construirse por "fuerza mayor", según detalla la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press. En este sentido, "ni el incumplimiento obedece a una circunstancia anormal, ya que se trata de una sentencia que puso fin a un proceso judicial, en absoluto ajeno a la Universidad, ni las consecuencias pueden ser consideradas inevitables".

Así, la sentencia subraya que respecto del requisito para apreciar fuerza mayor, la Universidad demandante "tuvo la oportunidad de evitarlo, por ejemplo, mediante un cambio de ubicación del proyecto".

La sentencia destaca que el TSJ Andaluz en un Auto de 24 de julio de 2009 ordenó la "inmediata paralización" de las obras de la citada biblioteca "en ejecución provisional de la sentencia con fecha 24 de junio de 2009". Sin embargo, tras la paralización cautelar de los trabajos, la Universidad solicitó una ampliación de los plazos de ejecución y justificación de la subvención.

El Alto Tribunal desestima, además, tanto la prescripción del derecho de la Administración para exigir el reintegro de las subvenciones como la petición de reintegro parcial que había solicitado la institución académica.

Asimismo el TSJA rechaza que el importe destinado a la biblioteca de la avenida de Eritaña, en torno a 4,9 millones de euros, pueda reducirse del importante a devolver porque dicha obra es “distinta para la que se concibió la subvención en cuanto a plazo y ubicación”, por lo que “difícilmente puede considerarse que la misma pueda minorarse de la cantidad total exigida”, destaca la sentencia, que puede ser recurrida ante el Supremo.