Tribunales

El Supremo admite el recurso de Francesco Arcuri contra el indulto de Juana Rivas

La defensa de la madre considera “muy injusto” que siga cumpliendo su pena privativa de libertad en un Centro de Inserción Social

Juana Rivas, acude a el Centro de Inserción Social Matilde Cantos en Granada capital acompañada de sus abogados. Álex Cámara / Europa Press
Juana Rivas, acude a el Centro de Inserción Social Matilde Cantos en Granada capital acompañada de sus abogados. Álex Cámara / Europa PressÁlex CámaraEuropa Press

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso presentado por la defensa en España del italiano Francesco Arcuri, el padre de los hijos de Juana Rivas, contra el indulto parcial concedido por el Gobierno a esta madre de Maracena (Granada). La medida de gracia rebaja a la mitad la pena de prisión y conmuta la pena de seis años de inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad por trabajos en beneficio de la comunidad. En la diligencia de ordenación de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencio-Administrativo del Supremo, a la que ha tenido acceso Europa Press, el alto tribunal acepta el recurso de la defensa que se centrará, según avanzaron, en que se debe mantener la inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad puesto que, recuerdan, Rivas ya está condenada en firme en España por sustracción de menores al margen de que el indulto haya reducido la pena de prisión.

EL Supremo requiere en la diligencia al Ministerio de Justicia a fin de que en el improrrogable plazo de veinte días remita el expediente administrativo correspondiente a la resolución impugnada --el indulto--, y señala que la ponencia sobre este asunto recae sobre el magistrado Wenceslao Francisco Olea Godoy. Los recursos en lo Contencioso-Administrativo, de acuerdo a la ley, se admiten siempre que haya legitimación de la parte, como es el caso. Además esa norma recoge también que se da 20 días a la administración competente contra la que va el recurso para que entregue el expediente relativo.

Cabe recordar que el Real Decreto por el que se indulta a Juana Rivas conmuta la pena de cárcel impuesta por el Supremo por otra de un año y tres meses de prisión, y la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad respecto de sus hijos por la pena de 180 días de trabajos en beneficio de la comunidad, a condición de que no cometa el mismo delito por el que fue condenada en el plazo de cuatro años.

El trámite formal realizado hasta el momento por el abogado de Arcuri es la interposición del recurso en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal --una suerte de anuncio de recurso--, que argumentará ahora que ha sido admitido a trámite y toda vez que tenga acceso al expediente completo del indulto que ha de remitir el Gobierno.

De otro lado, la defensa de Juana Rivas ha considerado “muy injusto” que a día de hoy siga cumpliendo su pena privativa de libertad en el Centro de Inserción Social (CIS) a pesar de que la semana pasada ya solicitaron al Juzgado la suspensión de lo que le resta por cumplir atendiendo a esta medida de gracia. El abogado Carlos Aránguez ha precisado a los medios que Juana Rivas continúa cumpliendo su pena en el CIS Matilde Cantos de Granada, disponiendo únicamente de dos días de permiso para salidas laborales durante la semana. Ello implica su permanencia en el centro los restantes cinco días.

“Esta situación nos parece muy injusta y por ello solicitamos la suspensión de su pena el pasado jueves día 18 de noviembre al Juzgado de lo Penal 1 de Granada y, consultadas fuentes judiciales, nos comunican que dicha petición todavía no ha sido trasladada a la Fiscalía”, ha señalado. Aránguez defiende que se cumplen todos los requisitos previstos en la ley y lo “razonable” sería que el juez accediese a suspender la ejecución de los diez meses que le restan por cumplir (ya ha cumplido cinco).