Administración

La Oficina del Contribuyente responde las quejas en 18 días

El compromiso de este organismo garante de los derechos tributarios de los andaluces es reducir el tiempo de respuesta y proponer mejoras a los centros directivos

La Oficina debe notificar la respuesta de las quejas y sugerencias a las personas reclamantes en el plazo de dos meses
La Oficina debe notificar la respuesta de las quejas y sugerencias a las personas reclamantes en el plazo de dos meseslarazonJUNTA DE ANDALUCÍA

Pagar impuestos y tasas, por mucho que exista una conciencia social de la necesidad de financiar los servicios públicos, es una actividad que suele generar controversia. Esta sensación se puede tornar en un discrepancia mayor –y hasta en indignación– cuando se aprecia un mal funcionamiento de la administración responsable de recaudar esos tributos. Los ciudadanos son los responsables de pagar sus compromisos tributarios y de tramitarlos con éxito, siempre acorde a la normativa vigente en cada comento. Con el objetivo de reparar esa brecha que existe con los administrados se creó en 2007 en Andalucía la Oficina para la Defensa del Contribuyente (ODC), adscrita a la Consejería de Hacienda –si bien no se puso en marcha hasta seis años después, en 2013–. Desde entonces, esta Oficina ha evolucionado y ha mejorado su actividad hasta alcanzar el pasado año un récord: 18 días de media en la respuesta a las consultas y quejas de los ciudadanos durante 2021, último año con estadísticas completas.

Según la memoria de actividades de la Oficina de Defensa del Contribuyente (ODC), se aprecia «una tendencia decreciente de forma que cada año se ha ido notificando por la ODC en menos tiempo, a excepción del ejercicio 2020 que aumentó ese plazo (36 días) respecto al ejercicio anterior (25 días) debido a las consecuencias de la declaración del estado de alarma por el Covid-19, volviéndose en el ejercicio 2021 (18 días) no solo a estabilizarse sino incluso a bajar respecto al año 2019».

Este tiempo medio de respuesta supone un registro inhabitual en los plazos de este organismo. Por ejemplo, en 2016 y 2017 se situó por encima de los 60 días, pese a que la ODC, según el artículo 11 del decreto que regula su funcionamiento, debe notificar la respuesta de las quejas y sugerencias a las personas reclamantes en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de entrada de la queja o sugerencia en el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía.

Eso sí, ese incumplimiento de la Administración de su normativa no genera ningún beneficio para el reclamante, ya que la ley apunta que «la falta de contestación en dicho plazo no implicará la aceptación de la exposición de hechos ni de los argumentos jurídicos que la persona interesada hubiera incorporado en su escrito de queja, sin perjuicio de que pueda poner de manifiesto la demora ante la Oficina».

En cualquier caso, la mejora en los plazos de respuesta sí denota al menos un compromiso en la mejora del funcionamiento de la administración. De hecho, la ODC pretende mejorar estos 18 días de media en la notificación de las respuestas «para seguir avanzando en la mejora de la calidad de los servicios prestados por la misma».

Los principales centros directivos objeto de las sugerencias de mejora de la ODC y, por tanto, de las críticas de los ciudadanos son la Agencia Tributaria de Andalucía, la Dirección General de Estrategia Digital y Dirección General de Política Financiera y Tesorería. En total, la ODC trasladó 15 propuestas de mejora a estos centros directivos –5 a cado uno de ellos– tras recibir 307 quejas –mayoritariamente por vía electrónica–. En 2020 y 2019 llegaron a la veintena, número que no se había alcanzado en años anteriores.

Las principales quejas de los contribuyentes son por el funcionamiento del sistema de cita previa, la asistencia presencial y la accesibilidad a la información tributaria. La memoria también constata un incremento paulatino de las quejas presentadas por mujeres, si bien los hombres siguen siendo mayoría en este aspecto –50,4 frente al 41,6 por ciento de expedientes iniciados por reclamaciones hechas por mujeres–.

Esta Oficina limita su actividad a las quejas y sugerencias que guardan relación directa o indirectamente con el funcionamiento de los órganos de la Administración tributaria de la Junta de Andalucía, cualquiera que sea el lugar, forma o medio de presentación y no tienen la consideración de recursos administrativos, por lo que no suspenden o interrumpen los plazos legalmente previstos para interponerlos o para que los órganos competentes para ello dicten resolución. Igualmente, tampoco condiciona o afecta el ejercicio de otras acciones o derechos que pudieran ejercitar las personas interesadas.

Por último, para la Oficina de Defensa del Contribuyente, tal y como señala el Decreto 31/2013, de 26 de febrero, tienen la consideración de Administración tributaria de la Junta de Andalucía los órganos, propios o con competencias delegadas, de la Consejería competente en materia de Hacienda o de la Agencia Tributaria de Andalucía (Atrian) a los que correspondan funciones de aplicación de los tributos, potestad sancionadora y revisión en vía administrativa, así como otros órganos administrativos, consejerías y agencias de la Junta de Andalucía, a los que se haya delegado el ejercicio de competencias de aplicación de los tributos.