Medio Ambiente

Nuevo aviso del TSJA al alcalde de Carboneras por El Algarrobico

El Ayuntamiento alega que “cumple los requerimientos” encarga un informe técnico para desclasificar como urbanizables los sectores del hotel

El Algarrobico, en Carboneras (Almería).
El Algarrobico, en Carboneras (Almería).Carlos BarbaAgencia EFE

Van tantos avisos ya que no se puede hablar de ultimátum y sería más preciso decir -en término acuñado por el periodista Ángel Munárriz- que se trata de un nuevo “penultimátum”. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha apercibido de nuevo al alcalde de Carboneras (Almería), José Luis Amérigo, con multa, aunque, en esta ocasión, le advierte de “cualquier tipo de incumplimiento” en lo “ordenado” respecto al Algarrobico “conllevará sin más dilación” traslado al Ministerio Fiscal para que le pueda exigir responsabilidades penales.

En una providencia, consultada por Europa Press, la sala requiere otra vez al Ayuntamiento carbonero los informes quincenales que le ordenó remitir sobre las actuaciones que estaba llevando a cabo para ejecutar la sentencia que obliga a desclasificar como urbanizables los sectores ST-1 o Algarrobico y ST-2 o El Canillar, al tiempo que le demanda por primera vez que detalle “las que haya previsto llevar a efecto en los 15 días sucesivos”.

El tribunal, que hizo su primer apercibimiento de multa coercitiva semanal de 250 euros al alcalde en julio de 2022, avisa, asimismo, de que “cualquier tipo de incumplimiento de lo ordenado” conllevará, “sin más dilación”, la “correspondiente imposición de multa” a Amérigo y “deducción de particulares para su traslado al Ministerio Fiscal” por si hubiese incurrido en un presunto delito de desobediencia.

El planeamiento municipal aún en vigor recoge que el suelo sobre el que se levanta el hotel de Azata del Sol es urbanizable -sector ST-1-, pese a que una sentencia firme desde 2018 concluyó que es no urbanizable de especial protección por estar enclavado en el parque natural de Cabo de Gata-Níjar.

El Tribunal Supremo (TS) falló recientemente que la licencia municipal de obras es “plenamente legal” 20 años después de su concesión ya que se ajusta al planeamiento urbanístico de Carboneras por no haberse modificado el PGOU y supedito su anulación como paso previo a la demolición del inmueble a la revisión de oficio de la citada licencia por parte del Ayuntamiento carbonero.

En su último informe quincenal en diciembre, comunicó al TSJA que debía modificar parcialmente el expediente que llevó a pleno en 2021 ya que no “cumple plenamente” con la exigencia judicial de clasificar el suelo de El Algarrobico en el planeamiento municipal como no urbanizable de especial protección.

El consistorio alegó que el documento técnico existente en el expediente, que también se publicó en Boletín Oficial de la Provincia (BOP) en septiembre de 2021, no sirve e indicó que se debía proceder “a su modificación técnica” de forma “previa” a su aprobación en el pleno de la corporación local carbonera de la modificación del PGOU.

El expediente que ahora se rehace se incluyó en una sesión extraordinaria en enero de 2021, pero solo como una dación de cuentas. En estos mismos términos se publicó en BOP en septiembre de 2021, lo que fue denunciado por organizaciones ecologistas al tribunal.

El ayuntamiento argumentó, asimismo, que la decisión llegó tras una “reunión técnica” con la Junta de Andalucía convocada a instancia municipal en la que se revelo que el “análisis” conjunto del “documento técnico existente en el expediente” debía ser modificado “por no cumplir plenamente” con el objetivo y se expusieron “las directrices” para que el nuevo PGOU pueda ser “inscrito” en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos de la Junta andaluza.

En su escrito al TSJA, el ayuntamiento concluía que las actuaciones “preparatorias” para el pleno en que se debe desclasificar urbanísticamente El Algarrobico “comprenden inexcusablemente el referido informe técnico”.

El Ayuntamiento de Carboneras (Almería) ha indicado que la última información que ha remitido al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) es una “providencia” dictada por el alcalde, José Luis Amérigo, en la que solicita al técnico municipal informe de tramitación urbanística sobre cómo ejecutar la sentencia firme desde 2018 que le obliga a declasificar como urbanizable el sector ST-1 o Algarrobico.

Fuentes municipales han indicado a Europa Press que la providencia se acordó tras la “reunión” mantenida “con técnicos de la Junta de Andalucía” y han precisado que el informe “aún” no se ha concluido.

Han señalado, asimismo, ante el nuevo requerimiento efectuado por el alto tribunal con el segundo apercibimiento de multa al regidor, que, desde el Ayuntamiento, se “está dando cumplimiento” a la remisión de los informes quincenales solicitados para dar cuenta de los pasos que se están siguiendo para cumplir la sentencia.

En diciembre de 2022, el ayuntamiento comunicó al TSJA que debía modificar parcialmente el expediente que llevó a pleno en 2021 ya que no “cumple plenamente” con la exigencia judicial de clasificar el suelo de El Algarrobico en el planeamiento municipal como no urbanizable de especial protección.

Alegó que el documento técnico existente en el expediente, que también se publicó en Boletín Oficial de la Provincia hace más de un año, no sirve y argumentó que debía proceder a su `”modificación técnica” de forma “previa” a la aprobación en el pleno de la corporación local carbonera de la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) en el que se mantiene a día de hoy ambos parajes como suelo urbanizable.

El expediente que ahora va a rehacer se incluyó en una sesión extraordinaria en enero de 2021, pero solo como una dación de cuentas. En estos mismos términos se publicó en BOP en septiembre de 2021, lo que fue denunciado por Greenpeace al tribunal.

La decisión, según indicó a la sala el consistorio carbonero, llegó tras una reunión técnica con la Junta de Andalucía convocada a instancia municipal para emprender “las actuaciones de coordinación con la administración autonómica para evacuar el informe técnico que habrá de determinar la propuesta de modificación puntual del PGOU que se someterá a aprobación por el pleno”.

“El análisis conjunto del documento técnico existente en el expediente revela que se debe proceder a su modificación técnica por no cumplir plenamente” con el objetivo”, remarcó para concluir que en la reunión se habían expuesto “las directrices que afectan al documento técnico” para que este puede ser “inscrito” en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos de la Junta andaluza.

En el anterior informe quincenal, el consistorio trasladó a la sala que restaba únicamente un “preceptivo informe municipal” que, según decía, se había “retrasado a causa de no contar con técnico que pudiera elaborarlo”.

Precisaba que se había suscrito convenio con el Ayuntamiento de Garrucha “a fin de contar con los necesarios informes relativos a la modificación de planeamiento necesaria para la ejecución de sentencia” y añadía que, una vez contase con el informe, procedería “de manera inmediata” a la convocatoria del pleno municipal.