Tribunales
Las dilaciones indebidas de la justicia reducen a dos años y medio una condena por abuso sexual
El TSJA rebaja en seis meses la pena de la Audiencia de Cádiz
Un condenado por la Audiencia Provincial de Cádiz a tres años de prisión por un delito de abuso sexual a una menor ha visto rebajada su pena en medio año al estimar el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) el recurso de la defensa por dilaciones indebidas, según recogió Ep.
Según la sentencia, recogida por Europa Press, los hechos se remontan a septiembre de 2016 y la sentencia de la Audiencia a enero de 2022. Como hechos probados se recoge que el condenado se acercó a la menor, de 11 años, a la que conocía por haber estado una vez en su casa, y tras saludarla, le preguntó dónde iba, para a continuación decirle que se subiera a su coche para llevarla a la plaza donde se encontraban sus amigas.
Fue durante el trayecto cuando el condenado aprovechó para cometer el abuso, hasta que llegó a la citada y la menor empezó a golpear los cristales del vehículo, por lo que la dejó salir bajo amenaza de que no dijera nada a su madre porque le haría algo malo.
El condenado, una vez conocida la sentencia de tres años de prisión, presentó recurso por entender que se había vulnerado el principio de presunción de inocencia, así como la falta de aplicación de la atenuante de dilaciones indebidas en la sentencia. Esto último ha sido aceptado por el TSJA que ha rebajado la condena en seis meses, dejándola en dos años y medio.
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