Tribunales

El TC estima parcialmente el recurso del PSOE contra el decreto de simplificación para fomentar la actividad productiva

El Gobierno andaluz considera "una gran victoria" esta sentencia porque no anula el decreto y solo elimina 4 artículos "que se pueden subsanar"

Fachada del Tribunal Constitucional.
Fachada del Tribunal Constitucional.Alberto R. RoldánLa Razón

El Pleno del Tribunal Constitucional, en sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Enrique Arnaldo Alcubilla, ha estimado parcialmente el recurso de inconstitucionalidad promovido por más de 50 senadores del Grupo Parlamentario Socialista contra el Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía, aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta, y contra el Acuerdo de convalidación de la Diputación permanente del Parlamento de 2 de abril de 2020. Se trata de los artículos de suelos contaminados, de vertidos, de Municipio Turístico y de funciones del Consejo Audiovisual. Han anunciado la formulación de voto particular la magistrada María Luisa Balaguer Callejón y los magistrados Ramón Sáez Valcárcel y Juan Carlos Campo Moreno. El magistrado ponente Enrique Arnaldo Alcubilla anunció que formulará voto concurrente.

La sentencia descarta que el Acuerdo de convalidación del Decreto-ley incurra en el vicio de inconstitucionalidad que los recurrentes le achacaban. El Tribunal considera que, en las excepcionales circunstancias del caso, aunque la convocatoria de la Diputación Permanente durante el periodo ordinario de sesiones no estaba específicamente prevista en el Reglamento del Parlamento de Andalucía, cabe apreciar que fue convocada al efecto (con el apoyo unánime de todos los grupos parlamentarios de la cámara) para superar las graves interferencias en la actividad parlamentaria derivadas de la crisis sanitaria provocada por el Covid-19. La convocatoria de la Diputación Permanente permitió mantener la actividad parlamentaria y al propio tiempo evitar o minimizar el riesgo de contagio por covid-19 entre los diputados y el personal de la cámara. Se basó la convocatoria en la interpretación analógica del Reglamento parlamentario, que se llevó a cabo por la Resolución de la Presidencia de la Cámara, pero que cohonestaba debidamente el ejercicio de la función parlamentaria de convalidación del decreto-ley dentro del plazo exigido con la participación en el debate de los representantes de todos los grupos y con la plena salvaguarda de la proporción en la representación de los grupos parlamentarios.

El Pleno desestima igualmente la impugnación dirigida por los recurrentes contra el Decreto-ley 2/2020 en su conjunto, basada en el incumplimiento del presupuesto habilitante de la extraordinaria y urgente necesidad, pues aprecia el Tribunal que, atendida la conocida doctrina constitucional al respecto, la adopción de las medidas de liberalización o simplificación mediante la legislación de urgencia ha sido cumplidamente justificada por el ejecutivo andaluz.

La sentencia aborda, de modo separado, el enjuiciamiento que los recurrentes dirigen frente a determinados preceptos del Decreto-ley 2/2020 en cuanto modifican normas reglamentarias, para concluir declarando la inconstitucionalidad y nulidad de aquellos preceptos en los que se aprecia que el gobierno andaluz no ha justificado específicamente, como exige la doctrina constitucional al efecto, la necesidad de acudir a la legislación de urgencia. Desestima, en cambio, la impugnación de otros, por entender que si se contiene la necesaria justificación.

Para el Gobierno andaluz, se trata de "una gran victoria" porque tumba la intención de los denunciantes de anular el decreto, que sigue vigente. Entiende el Ejecutivo autonómico que "el PSOE atacaba a la totalidad del decreto de simplificación denunciando un vicio de inconstitucionalidad que no existe" y considera que "el TC avala el decreto prácticamente en su integridad".

La realidad es que el PSOE planteaba la impugnación de 23 de los 29 artículos del decreto, "y el TC sólo considera inconstitucionales 4 artículos de asuntos que se pueden subsanar sin modificar ni afectar al contenido del decreto", aseguran.

Por último, la Junta de Andalucía considera "que el PSOE ha fracasado de manera clamorosa en su intento por tumbar una de las medidas más reformistas y estratégicas del nuevo Gobierno, que es la simplificación administrativa, no sólo avalada ahora por el TC sino también imitada por otras comunidades autónomas".