Tribunales
La Audiencia de Huelva revisa 60 sentencias por la ley del “solo sí es sí” y reduce la pena en dos casos
Se aplica la retroactividad de la ley penal más favorable al reo, debiéndose analizar cada fallo concreto
La Audiencia Provincial de Huelva ha revisado desde la entrada en vigor de la Ley de garantía integral de la libertad sexual, conocida como la del “sólo sí es sí”, un total de 60 sentencias, de las que en tan sólo dos se ha producido una rebaja de la pena a los condenados.
Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), las revisiones se han llevado a cabo por las secciones Primera y Tercera.
Del total de sentencias revisadas, la mayor parte de ellas no cumplían los requisitos para realizar una revisión.
De las sentencias que sí, se han revisado hasta el momento unas diez y se ha producido una rebaja de la pena en dos de ellas, sin que hayan trascendido datos de los casos que se trata.
El pasado 14 de diciembre se celebró en la Audiencia Pleno de Magistrados para unificar criterios y prácticas procesales respecto de la revisión de las penas con motivo de la entrada en vigor de la ley.
Según el acta del pleno, a la que ha tenido acceso EFE, han acordado revisar las penas impuestas conforme a la legislación derogada para los supuestos en que las mismas conductas se sancionen en el actual texto con una pena inferior.
La iniciación de oficio del procedimiento para la revisión de aquellas condenas es cuando se evalúe que es posible aplicar una pena inferior conforme a la versión ahora vigente del Código Penal.
En los restantes casos, y para el supuesto de que así lo interesaran las partes, el procedimiento de revisión se iniciaría a petición de éstas, con traslado a las partes personadas y resolución de fondo.
Asimismo, van a utilizar como criterio interpretativo en la revisión de sentencias en ejecución, el principio de retroactividad de la ley penal más favorable al reo, debiéndose analizar cada caso concreto.
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