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El Supero eleva a 10 años la condena un juez de Cantabria por prevaricación judicial

La condena incluye también una multa y la pérdida definitiva del cargo

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El Tribunal Supremo ha condenado a un juez de Cantabria como autor de un delito de prevaricación judicial dolosa a 10 años de inhabilitación especial para ejercer funciones jurisdiccionales, al investigar a un letrado querellante en un caso que llevó.

En una sentencia del Alto Tribunal conocida este martes, la condena incluye además una multa de 12 meses a razón de 10 euros diarios y la pérdida definitiva del cargo que ostenta y los honores correspondientes.

El magistrado fue condenado inicialmente por el Tribunal Superior de Cantabria (TSJC) a 5 años de inhabilitación por aplicar un error de prohibición. Este instructor dictó un auto el 20 de diciembre de 2018, en el que requirió al Ayuntamiento de Castañeda documentación sobre contratos menores totalmente ajena al procedimiento administrativo que se tramitaba, con el objetivo de investigar la contratación del letrado querellante.

Los hechos que motivaron la condena se centran en que el juez ordenó "averiguar por qué y cómo se contrata" al abogado querellante, una cuestión completamente ajena al objeto del procedimiento contencioso-administrativo que se tramitaba, según recoge la sentencia.

Investigación improcedente

El Supremo considera que el magistrado era plenamente consciente de que carecía de competencia para investigar esos contratos, ya que los informes técnicos y jurídicos constaban correctamente en el expediente administrativo sin que se hubiera apreciado irregularidad alguna.

La sala destaca que no existía ningún deber ni justificación para indagar sobre la contratación de técnicos externos por parte del Ayuntamiento, al ser una cuestión totalmente ajena al proceso contencioso que se tramitaba.

El tribunal rechaza que pueda aplicarse un error de prohibición, como hizo el TSJC, al ser incompatible con la prevaricación judicial dolosa que requiere actuar "a sabiendas" de la injusticia de la resolución.

Voto particular discrepante

Dos magistrados emitieron un voto particular favorable a la absolución al considerar que no está probado que el acusado se apartara conscientemente de la normativa, como sostiene la mayoría del tribunal.

Los magistrados discrepantes argumentan que la sentencia del TSJC solo recoge una "descripción neutra" de los hechos sin adentrarse en la intencionalidad o motivaciones del juez condenado.

El Alto Tribunal establece que la función de investigar no se la puede atribuir el juez "siempre y en cualquier caso", especialmente cuando las diligencias acordadas son ajenas al objeto del proceso y no han sido solicitadas por las partes.