Compromís

La Audiencia confirma el procesamiento del director de Política Lingüística del Gobierno Valenciano

La Conselleria de Educación defiende a Trenzano y recuerda que no se le acusa de robar

Rubén Trenzano, en una imagen de archivo, junto al conseller de Educación, Vicent Marzà
Rubén Trenzano, en una imagen de archivo, junto al conseller de Educación, Vicent Marzàlarazon

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha rechazado los recursos presentados por el director general de Política Lingüística, Rubén Trenzano, contra el auto en el que se le procesa por un supuesto delito de falsedad documental, en una causa que tiene su origen en una denuncia interpuesta por la portavoz adjunta del PP en Les Corts Eva Ortiz.

El PP denunció en su momento que Trenzano había mentido en acto administrativo cuando en abril de 2018 afirmó en una resolución que se había hecho el control correspondiente de las ayudas dadas a Mas Mut Producciones y Comunicació dels Ports, vinculadas a familiares directos del presidente, Ximo Puig, y que no había evidencias de irregularidades.

El juzgado desestimó inicialmente la querella presentada por los populares, pero la Audiencia Provincial de Valencia admitió el recurso interpuesto por la portavoz adjunta del PP en Les Corts Eva Ortiz y ordenó investigar si el director general de Política Lingüística cometió un delito de falsedad documental.

Tras retomar la investigación y dictar un auto en el que se acordaba la transformación de las diligencias en un procedimiento abreviado, tanto Trenzano como la Fiscalía Anticorrupción presentaron nuevos recursos, que fueron desestimados el pasado mes de agosto por el juez instructor y lo son nuevamente ahora por la Audiencia Provincial.

La Audiencia Provincial expone ahora que “la falta a la verdad en la narración de los hechos -en la que supuestamente incurrió Trenzano al defender que las citadas ayudas habían sido objeto de control- es cuestión que deberá debatirse y dilucidarse en juicio, pero es dato que resulta asimismo acreditado que Trenzano sostiene que no se detectan irregularidades tras la realización de las actuaciones de control exigidas por la legalidad”.

“Pero esto no pudo ser así cuando el plan de control de las subvenciones se aprobó con posterioridad, el 16/7/2018 y es lógicamente después de esta fecha cuando se inician las actuaciones de comprobación y control.

Se contiene no una exposición de opiniones o inferencias de la autoridad firmante, sino una narración de hechos como ciertos, cuando en realidad no parecen serlo”, entienden los magistrados de la sala.

En respuesta a la posición de la Fiscalía se expone: “dice el Ministerio Fiscal que Rubén Trenzano es un filólogo, que se limita a firmar la respuesta redactada por un técnico de su gabinete, que declara en la instrucción como testigo y lo asume. Pero lo cierto es que, además de que estos delitos no son de propia mano, el investigado no dice que firmara en blanco, o sin leer, o sin saber lo que ponía, o engañado por el técnico; ni lo dice ni, en consecuencia, lo prueba”.

“Se dice que Rubén Trenzano es filólogo. Pero esta condición hace que se le suponga una comprensión adecuada del sentido y valor de las palabras que firmaba, y además, no excluye que en el momento de los hechos ejerciera como Director General de Política Lingüística y Gestión del Multilingüismo, lo cual le atribuía un estatus jurídico propio”.

En consecuencia, entienden los magistrados, “como de los acontecimientos objetivos atribuidos acreditadamente a Rubén Trenzano se deduce presuntamente que su comportamiento tuvo que ser necesariamente consciente, no se puede dar por probada la falta de intencionalidad, para revocar el auto de transformación a procedimiento abreviado recurrido, simplemente por la mera negación efectuada con evidente interés autoexculpatorio” y se confirma el procesamiento en un auto contra el que ya no cabe recurso alguno.

Marzà le defiende

Por su parte, desde la Conselleria de Educación, bajo el mando de Vicent Marzà, ha defendido hoy que a Trenzano, “no se le acusa de corrupción, ni por haber robado dinero, ni por haber financiado a nadie ilegalmente, ni por haber hecho ningún trato de favor a nadie”.

La apertura de juicio oral “es únicamente por firmar una carta elaborada por un funcionario de la dirección general como contestación a una diputada del Partido Popular”, destacan fuentes de la Conselleria, que insisten en que el asunto “no afecta a ningún euro de dinero público”.

“Se le acusa por no haber sido supuestamente preciso en una simple carta, cuyo contenido se validó por los técnicos de la Generalitat”, señalan las mismas fuentes, que añaden que “no puede ser que una denuncia política, partidista e infundada aparte una persona honesta de un cargo de responsabilidad”.

Por ello, confían en que “todo se aclare lo más pronto posible y que la justicia ponga fin a este sin sentido”.

Defensa del Bloc

Por su parte, la Ejecutiva Nacional del Bloc se ha reafirmado en su “absoluto convencimiento en la honestidad y el rigor en el desarrollo de las funciones públicas por parte de Rubén Trenzano”, tras la apertura de juicio oral y ha asegurado que la actuación judicial está basada en “una denuncia sin fundamento del Partido Popular”.

Fuentes del partido han indicado que el Código Ético del Bloc, en el apartado de “Conductas de los cargos orgánicos y públicos”, establece que “renunciarán a su cargo cuando sean condenados por delitos relacionados con corrupción. También renunciarán a su cargo, a petición de la Ejecutiva Nacional, cuando, una vez iniciado un procedimiento judicial, existan indicios de culpabilidad suficientes que causan un perjuicio grave a la imagen pública o a la acción política” del partido.

Según el Bloc, “la apertura de juicio oral es por un supuesto caso de falsedad documental, no por ningún caso de corrupción”, sino que se trata de una “respuesta política de Rubén Trenzano a una carta del Partido Popular que según la interpretación del juzgado no se adecua a la realidad final del expediente en cuestión”.