Sanción
Multan con 600 euros a una mujer que denunció una concentración de España 2000
La denunciada increpó a los manifestantes
La organización València Acull ha denunciado que la Delegación del Gobierno en la Comunitat Valenciana ha sancionado con el pago de 601 euros a una mujer que “manifestó su indignación” por una concentración convocada por España 2000 con el lema “No al islam” el pasado mes de diciembre.
València Acull lamenta en un comunicado que “en contra del criterio” de la Fiscalía de Valencia que ha solicitado que se juzgue a España 2000 por delito de odio por la concentración realizada el pasado 18 de diciembre en València bajo el lema “No al islam”, la Delegación del Gobierno “ha incoado un expediente sancionador contra una de las personas que ese día mostraron su indignación y pidieron a la policía que impidiera este acto xenófobo y racista”.
La Agencia Efe se ha puesto en contacto con la Delegación del Gobierno para recoger su versión sobre los hechos sin que hasta el momento se haya pronunciado al respecto.
La organización recrimina además que la policía no actuara contra la concentración, al considerarla una actividad “lícita”, pero denunciara a una de las personas que protestó “de forma pacífica” contra dicho acto por considerarlo “racista”.
En el escrito de incoación del expediente sancionador, firmado por el subdelegado del Gobierno en Valencia, Luis Felipe Martínez, se acusa a la mujer de “perturbar el orden público” al pronunciar frases como “doneu asco, racistes” y califica los hechos como una infracción “grave” del artículo 36.8 de la Ley 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana (la conocida como Ley Mordaza).
València Acull asegura que la mujer niega que dijera esos insultos, una versión corroborada por varios testigos según la organización, y puso los hechos en conocimiento de la fiscal delegada de Tutela Penal de la Igualdad y contra la Discriminación (Fiscalía contra los delitos de odio).
Informa asimismo de que el caso está pendiente del recurso que presentó la Fiscalía contra el sobreseimiento provisional que decretó el juzgado de instrucción 17, “basándose únicamente en el informe policial en el que se afirma que no se apreció simbología de carácter xenófobo, violento o racista” en el acto y se acusa a la mujer de mantener una actitud “beligerante y despectiva hacia los agentes”.
Añade que el vídeo de la concentración difundido por España 2000 “cuestiona la versión policial y muestra a un grupo de jóvenes que de forma pacífica protesta” contra el acto al considerarlo racista.
La mujer ha presentado alegaciones contra la sanción fundamentadas en el contenido del propio acto al considerar que, a su juicio, supuso “una provocación a la convivencia que choca frontalmente contra los derechos fundamentales amparados por la Constitución, así como con la propia Ley de Seguridad Ciudadana”.
Defiende asimismo que ejerció su derecho a la libertad de expresión frente a un acto “injusto” de “ataque explícito a una religión minoritaria y protegida en nuestro Estado de Derecho”.
Señala además en sus alegaciones que los miembros de España 2000 “mediante megáfonos lanzaban mensajes de odio” y que ella en ningún momento alteró la “paz pública”, ya que, acompañada de su hija, “lo único que hizo fue realizar tareas de pedagogía a los transeúntes a la vez que indicaba el cariz xenófobo de la concentración”.
La denunciada cree además que la sanción es consecuencia de “la arbitrariedad de un agente de autoridad”, y lamenta que, aplicando la “ley mordaza”, se otorgara “valor probatorio” a las declaraciones de los agentes de autoridad y se asumiera la imposición de sanciones “sin control judicial”.
La policía también denunció a la misma mujer por “falta de respeto a la autoridad”, lo que ha supuesto otra sanción por 200 euros, ya que según los agentes les increpó con frases como “sois unos racistas, tenéis la obligación de hablar en valenciano”, unas manifestaciones que ella niega haber pronunciado, concluye València Acull.
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