Con permiso del Estado
Los términos «pirata» y «corsario» son acepciones bien distintas desde el punto de vista jurídico: así, corsario es toda empresa naval de un particular contra los enemigos del Estado realizada con el permiso y bajo la autoridad de la potencia beligerante con el exclusivo objeto de causar pérdidas en el comercio enemigo y entorpecer al neutral que se relacione con dichos enemigos. Por el contrario, la piratería se trata de expediciones armadas por la mar con un fin solamente lucrativo y sin autoridad del Estado. En principio, conceptos semánticos, pero muy claros para definir los diferentes ataques en los océanos.
Sólo en el siglo XVI el número de titulares de «patentes de corso», que así se llamaba el permiso, ascendían en el País Vasco a trescientas, divididas entre los armadores de sus diferentes puertos. En Asturias se concedieron 54, en Galicia 90, y en Andalucía 27, además de algunas otras otorgadas a personas que habitaban lejos de los puertos.Los corsarios españoles solían depender de la nobleza, que ponía los fondos para los barcos y, en general, sus tripulaciones estaban formadas por aventureros que hacían del saqueo marítimo en nombre del Rey su oficio. Otros eran antiguos pilotos de las flotas de Indias, o del Mar Océano, que veían más rentable este tipo de actividad en la mar. Tipos como el capitán Pedro de Dióstegui que logró apresar varios barcos holandeses. Cristian Etxebarría, Francisco de Escorza y el capitán Carlos Juan Tarin, entre otros, llenaron las arcas de los Monarcas con la parte que les correspondía del botín. Sin embargo, es cierto que los Reyes españoles trataban de controlar con mano dura a nuestros corsarios, y solo les permitían actuar contra los verdaderos enemigos de la Corona. Muy al contrario de los piratas y corsarios ingleses, que hacían de sus monarcas verdaderos socios de fechorías fuesen o no naves enemigas.
*Abogado maritimista