Coronavirus
Así va a poder entrenarse Rafa Nadal a partir del lunes
La Federación Española de Tenis ha elaborado un protocolo básico junto al CSD
El tenis español ha pasado de las dudas y la marginación del pasado fin de semana a un protocolo básico consensuado por la Real Federación Española de Tenis y el Consejo Superior de Deportes para poder afrontar la Fase 1 de la desescalada a partir del próximo lunes. “Este Protocolo queda en todo momento supeditado, tanto en sus períodos de aplicación como en su contenido, a la evolución sanitaria de la pandemia y, por tanto, estará sujeto a posibles medidas de refuerzo sanitario o cambios de última hora que pueda decidir el Gobierno, a través del mando único establecido para el vigente Estado de Alarma”, se asegura en el comunicado de la RFET.
La Fase 1 contempla la apertura de los clubes y entidades deportivas, siempre y cuando se cumplan los condicionantes recogidas en el Protocolo. Se prohíbe jugar a aquellos que hayan estado en contacto con personas infectadas durante los últimos 14 días, los que tengan síntomas, los que pertenezcan a grupos de riesgo y todo aquel que no tenga licencia federativa. Así, podrán entrenarse en clubes y entidades deportivas los deportistas de Alto Nivel (DAN) reconocidos por el CSD, los deportistas profesionales y los deportistas federados. Las Academias de Nadal o Juan Carlos Ferrero y los Centros de Alto Rendimiento abrirán sus puertas.
El Protocolo también contempla la reanudación de las escuelas de tenis y señala que en esta Fase 1 se permitirá impartir y recibir clases de tenis “únicamente en la modalidad de tenis individual, puesto que en esta FASE se prevé sólo una máximo de dos jugadores por pista”.
También se recuerda los horarios de entrenamientos. Así, los deportistas de Alto Nivel (DAN) y profesionales "mantendrán la flexibilidad de horarios de entrenamiento de la que gozan en la FASE 0".
La RFET reconoce que está a la espera de conocer si el CSD extiende también esta flexibilidad al colectivo de deportistas federados, o mantiene la disposición de entrenarse dos veces al día dentro del horario establecido entre 6-10 horas y entre 20-23 horas, como la FASE 0 establece para ellos.
Los deportistas DAN, profesionales y sus técnicos han de portar en todo momento el documento de autorización expedido por el CSD y la RFET. Los deportistas federados deberán ir provistos de su licencia federativa y podrán "acudir al club o entidad deportiva, “tanto en transporte privado como público”.
Los deportistas DAN y profesionales podrán moverse en el ámbito de su provincia. La RFET dice que se encuentra a la espera de conocer si en esta FASE 1 pueden desplazarse a su lugar de entrenamiento habitual en otra provincia, y en cuanto a los deportistas federados, si se mantiene la disposición de entrenarse dentro de los límites de su municipio, o se extiende su actual estatus de movilidad geográfica.
Este colectivo podrá ejercitarse asistidos por un entrenador que porte el certificado expedido por la RFET a tal efecto, y se añade que los entrenamientos para deportistas federados "serán siempre en la modalidad de tenis individual. No están permitidos los entrenamientos en la modalidad de dobles".
Medidas de protección
En el Protocolo se avisa que el deportista llevará mascarilla protectora y se recomienda el uso de guantes hasta la entrada en el espacio de entrenamiento. “Tendrá cuidado de no tocar en lo posible los objetos o equipamientos de uso colectivo, tales como puertas, picaportes, pomos, barandillas, mostradores, bancos, sillas, percheros y baños, entre otros” se dice.
En cuanto a las medidas preventivas y de carácter general para clubes, entidades deportivas y centros de entrenamiento, se dice que "la entidad deberá hacer suficiente acopio de material de protección (mascarillas, guantes, soluciones desinfectantes, incluso Equipos de Protección Individual), con los mínimos estándares de calidad, para los deportistas y los empleados en función de sus necesidades y cometidos".
Antes de la reapertura, deberá hacerse "una limpieza y desinfección general a fondo de todas las estancias y el mobiliario de las instalaciones deportivas. También se habrá de programar una limpieza y desinfección frecuente, especialmente de las superficies de contacto manual como puertas picaportes, pomos, barandillas, mostradores, bancos, sillas, percheros y baños, entre otros".
El acceso al recinto será establecido por la propia entidad que realizará "un control de acceso especial, con material de desinfección y aislamiento, y que permita comprobar la temperatura de las personas que accedan al recinto".
El acceso estará restringido a las personas debidamente autorizadas, debiendo controlar los aforos que se determinen en cada momento. Además, cada entidad, a su criterio, restringirá o limitará la oferta de ciertos servicios de manera preventiva, tales como vestuario, duchas, gimnasio, restauración, entre otros, siempre de acuerdo con la normativa que pueda afectar a dichos servicios.
La entidad además tiene la obligación de exponer información clara y concisa de pautas de aseo, y normas de comportamiento, mediante cartelería y señalización, distribuidas por las zonas de práctica deportiva, entradas, aseos, vestuarios y principales zonas de paso.
También se establecerán sistemas de reserva de pista con cita previa, y “con horarios que permitan guardar la distancia social entre las personas, así como la limpieza y desinfección del material deportivo entre turno y turno, bajo responsabilidad del gestor de la instalación”.
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