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El Consejo Superior de Deportes autoriza que haya partidos de Liga los viernes y los lunes

El Gobierno permitirá un máximo de 20 choques los lunes, principalmente aquellos que se tengan que aplazar por el coronavirus

Irene Lozano, en la firma del Pacto de Viana
Irene Lozano, en la firma del Pacto de VianaEFEEFE

El Consejo Superior de Deportes (CSD) ha autorizado la celebración de partidos de fútbol de Primera y Segunda división los viernes y los lunes con ciertas condiciones, en una resolución de su presidenta, Irene Lozano, que se acaba de hacer pública.

En el documento, Lozano resuelve en primer lugar que haya partidos los viernes y en segundo lugar autoriza la celebración de éstos en lunes con determinadas condiciones:

1- “Autorizar la celebración de partidos los viernes, correspondientes a la respectiva jornada del calendario oficial de partidos en Primera y Segunda División A de la LNFP”.

2- "Autorizar la celebración de partidos los lunes, con las siguientes condiciones:

- Se podrán programar hasta un máximo de 20 jornadas por temporada, descontados los festivos, con, en principio, un solo partido por jornada.

- El uso de este día de la semana como hábil para la competición se orientará principalmente a la reprogramación o recuperación de jornadas completas o partidos eventualmente aplazados o suspendidos por motivos sanitarios relacionados con la pandemia de COVID 19 u otras eventualidades.

Además, el organizador, a la hora de programar partidos este día de la semana, siempre equilibrará el principio de equivalencia entre clubes y el calendario de partidos oficiales internacionales de los equipos de la liga de primera división".

3 - "Fijar una franja horaria, delimitada y reservada, hasta las 14:00 horas de los sábados y domingos, para la celebración y eventual retransmisión de partidos correspondientes a la Primera División de fútbol femenino y al resto de categorías de fútbol federado no profesional y de deporte base".

“La resolución del CSD es definitiva y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo y recurso de reposición ante este mismo órgano”.