Empleo

El PP pide reconocer como periodo cotizado el trabajo de las mujeres en la Sección Femenina franquista

El Gobierno ya anunció que lo estudiaría a propuesta del Defensor del Pueblo

Sección Femenina de Falange en Teruel
Sección Femenina de Falange en TeruellarazonArchivo Histórico Provincial de Teruel

El PP ha reclamado reconocer como periodo cotizado el Servicio Social que realizaron las mujeres en la dictadura, conocido como la Sección Femenina de la Falange, que fue aprobado en su momento como “deber nacional” por el General Franco en 1937, en plena Guerra Civil, y que estuvo vigente durante la dictadura hasta 1978. Así figura en una proposición no de ley registrada en el Congreso por el diputado José Ignacio Echániz, que el Grupo Popular busca someter a debate y votación ante el Pleno de la Cámara Baja.

Los ‘populares’ recuerdan que en su propio decreto de aprobación se equiparaba la situación de “las mujeres cumplidoras” como “idéntica a la de los varones llamados al servicio de las armas”, y que en la actualidad la Ley General de la Seguridad Social computa el tiempo dedicado al servicio militar obligatorio o la prestación social sustitutoria a efectos de cotización en determinados supuestos. Concretamente, a efectos de la jubilación anticipada voluntaria e involuntaria y a la jubilación parcial. Eso sí, precisa el PP en su iniciativa, no se considera como “período asimilado a cotizado sino a los exclusivos efectos de alcanzar el período de cotización requerido”.

Que se equipare con la “mili”

Además, los ‘populares’ recuerdan que existen varias sentencias que equiparan el servicio militar al Servicio Social franquista y dictan que el tiempo dedicado debe computar a efectos de jubilación en los mismos términos, pues de lo contrario se vulneraría el artículo 14 de la Constitución de no discriminación por razón de sexo. Es más, el pasado mes de diciembre el propio Defensor del Pueblo se manifestó en los mismos términos y solicitó una modificación de la Ley General de la Seguridad Social para que, señala el PP, “el Servicio Social femenino compute a efectos de cotización en los mismos términos que el servicio militar masculino”.

En este sentido, la Secretaría de Estado de la Seguridad Social va a estudiar una posible modificación de la Ley General de la Seguridad Social para equiparar el Servicio Social de la Sección Femenina y el Servicio Militar a los efectos de alcanzar el período de cotización que permita el reconocimiento de la jubilación anticipada. En la actualidad, el tiempo de servicio militar o prestación social sustitutoria computa a efectos de cubrir los periodos de 33 y 35 años de cotización que se requiere para las modalidades jubilación anticipada y para los 33 de la jubilación parcial pero no se considera como cotizado para acreditar el período de quince años que, con carácter general, se requiere para acceder a la jubilación ordinaria.