Hipotecas

El Supremo decide esta semana sobre la validez del mecanismo extrajudicial para las cláusulas suelo de 1,5 millones de hipotecados

La medida fue aprobada por el Gobierno del PP para evitar el colapso de los tribunales

Edificio de viviendas en venta en Madrid
Edificio de viviendas en venta en MadridEduardo ParraEuropa Press

El pleno del Tribunal Constitucional (TC) aborda en el pleno de esta semana el recurso presentado por más de 50 diputados del Grupo Podemos contra el decreto ley de enero de 2017 de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, que establecía un mecanismo extrajudicial. El recurso, admitido a trámite en mayo de ese año, estaba respaldado por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea del Congreso de los Diputados, argumentaba que el Gobierno se “inventó” un proceso “sin garantías” que sólo protege al sector financiero. El alto tribunal retomará también mañana los recursos admitidos a trámite sobre hipotecas referenciadas al IRPH, siete meses después de que Europa dejara en manos de los jueces españoles dictaminar, caso a caso, su legalidad o falta de transparencia.

La norma sobre las cláusulas suelo daba luz verde a la vía extrajudicial para que los hipotecados con este tipo de salvaguardas pudieran recuperar el dinero que abonaron de más durante los años en los que no se beneficiaron íntegramente de las caídas del euribor. El texto salió adelante con 166 votos a favor y el apoyo de Ciudadanos, 87 abstenciones, entre ellas la del Grupo Socialista, y 88 en contra, incluida la del grupo Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, que pedía su tramitación como un proyecto de ley.

El entonces ministro de Economía, Luis de Guindos, defendió que la norma abría una vía para que cerca de 1,5 millones de hipotecados con cláusulas suelo reclamaran su dinero sin ir a los tribunales, sin coste alguno y en un tiempo mínimo -tres meses-. De este modo, el consumidor podía reclamar el dinero a su entidad y, una vez el banco la recibiera, debería remitirle el cálculo de la cantidad a devolver, incluyendo intereses, o las razones por las que considere que la reclamación no es procedente. Tras recibir la comunicación, el consumidor decide si está de acuerdo y, en ese caso, recuperará lo pagado de más en efectivo o cambiando las condiciones de su hipoteca.