Seguros

¿Qué cubre el seguro obligatorio de coche?

Todos los titulares de vehículos tienen que tener un seguro que cubra la responsabilidad civil de los daños

Atasco en el centro de Madrid
Atasco en el centro de Madridlarazon

Todos los conductores están obligados, por ley, a “suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro por cada vehículo del que sea titular". Esta póliza debe cubrir la responsabilidad civil de los daños a las personas y los bienes ocasionados en un accidente. El seguro es obligatorio cuando el vehículo tiene matrícula española y cuando su usuario tiene domicilio en España.

También se denomina de responsabilidad civil obligatoria, y está incluido en todas las tipologías que ofrecen las aseguradoras. Esta modalidad se asocia normalmente al seguro a terceros, que puede incluir otro tipo de coberturas en función de la compañía.

¿Qué daños cubre el seguro obligatorio?

El seguro de responsabilidad civil cubre los daños que ocasiones al otro coche o en la vía pública (terceros) si la culpa del accidente es tuya. En el caso de causar lesiones a otras personas, la póliza incluye la indemnización a los ocupantes de los vehículos implicados en el accidente y a los peatones que hayan sido afectados.

Para evitar fraudes, las aseguradoras no cubren los accidentes entre familiares hasta el tercer grado de consanguinidad. Independientemente de que el daño haya sido a terceros, no se hará cargo de la indemnización si la otra persona implicada es hermano, padre, tío, abuelo, hijo o pareja.

La compañía nunca se hará cargo de los daños que sufras tanto tú como tu vehículo con la póliza básica. Para ello, habría que contratar un seguro de daños propios, conocido popularmente como “a todo riesgo”. Si quieres que la aseguradora también cubra los daños que puedas sufrir tú, sería necesario contratar el seguro de accidentes del conductor.

¿Cuál es la multa por conducir sin seguro?

La Dirección General de Tráfico es clara en este asunto. Los titulares de vehículos que no tengan el seguro obligatorio se enfrentan a la inmovilización y depósito del mismo y a multas que van desde los 601 euros a los 3.005 euros de sanción, en función del tipo del vehículo. Por ejemplo, circular con un ciclomotor sin el seguro obligatorio supone 1.000 euros de sanción. En el caso de motocicletas 1.250 euros; turismos 1.500 euros y en los camiones o autobuses la cuantía se eleva hasta los 2.800 euros.