Seguros
¿El seguro cubre los daños causados por el mal tiempo?
Cada seguro tiene unas condiciones diferentes, pero todos cubren algunos desperfectos ocasionados en deteminadas circunstancias
La borrasca “Bárbara” repartió lluvias y viento por toda España durante la semana pasada. Ante las inclemencias del tiempo poco se puede hacer más que pasar más tiempo en casa y esperar a que se vaya el temporal, pero después de las tormentas es posible encontrarnos alguna sorpresa, como los daños ocasionados en viviendas y coches. Cada seguro es diferente y depende de las condiciones contratadas, pero ¿cubre los daños causados por el mal tiempo?
En el caso de los coches, depende mucho de cada póliza contratada, según explica la compañía de servicios jurídicos Legálitas. Lo que sí que cubren los seguros es la caída directa de agua, que puede ocasionar daños en las lunas o en la carrocería (techo y capó). Hay algunos seguros que se encargan de gestionar la situación con el seguro contrario en casos como la caída de un árbol. De lo contrario, el propietario tendría que realizar los trámites necesarios para gestionar el daño con el seguro correspondiente, ya que el árbol puede encontrarse en una parcela privada o en una propiedad del Ayuntamiento.
¿Cómo reclamar los daños en edificios?
Los daños en los coches son más habituales porque están más expuestos, pero con el mal tiempo también se pueden producir goteras, humedades o caída de tejas en los edificios. En este caso, el seguro cubre los daños producidos por el agua que cae del cielo, siempre y cuando caiga una media de 40 litros por metro cuadrado. También cubre los daños ocasionados por el viento ciclónico, que es aquel que supera los 84 kilómetros por hora. En el caso de superar los 120 kilómetros por hora, tendría que intervenir el Consorcio de Compensación de Seguros, al tratarse de una circunstancia extrema.
¿El seguro cubre las inundaciones?
Los seguros no cubren la entrada de agua desde la calle, por lo que no se pueden reclamar los daños que se producen en circunstancias no extremas. El seguro sí se haría cargo si se trata de inuncaciones severas, acumulaciones de agua en la tierra o desbordamiento de ríos. En cualquier caso, las circunstancias pueden cambiar en función de las condiciones de la póliza, por lo que es recomendable acudir a un experto para valorar las situación.
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