Jubilación
Los periodos sin cotización por nacimiento de un hijo serán compensados para aumentar la pensión
Esta modificación podría entrar en vigor a principios de 2021. La intención es elevar la pensión entre las mujeres, que mayoritariamente se cogen estas bajas, y recortar la brecha de género
Los agravios comparativos respecto a la congelación de la cotización en las bajas por nacimiento de un hijo tienen los días contados. El Ministerio de Seguridad Social está a punto de aprobar un nuevo mecanismo compensatorio de la pensión por los periodos de baja o nula cotización tras el nacimiento o la adoptación de un hijo. Este cambio, que se hará vía modificación de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), supone reformular el complemento por maternidad en las pensiones que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) consideró discriminatorio con los hombres. Para ello se aplicarán unos coeficientes compensatorios a esos periodos, que elevarán el importe de la pensión a la hora de la jubilación una vez reflejados en la vida laboral.
Los beneficiarios serán tanto los hombres como las mujeres, ya que se aplicará sobre el progenitor que decida rebajar o anular su cotización durante el periodo de baja. Sin embargo, Seguridad Social aún debe determinar qué “ventana de tiempo” se tendrá en cuenta tras la llegada de un hijo para establecer esa compensación a los “huecos de cotización”. Esta modificación de la LGSS podría entrar en vigor a principios del año que viene, según ha avanzado el ministro, José Luis Escrivá, en una entrevista a Efe. “Es un cambio normativo que establece un pago asociado a periodos de baja o nula cotización a la Seguridad Social en los periodos posteriores a tener un hijo”, ha señalado.
La intención de Escrivá es intentar minimizar y reducir la brecha de género existente en la cuantía de pensiones entre hombres y mujeres. “Esta medida no es discriminatoria entre hombres y mujeres", aunque el ministro tiene claro que "va a ser una prestación que, en un porcentaje muy elevado, va a favorecer a las mujeres”. Según defiende, con la modificación se trataría de compensar las reducciones de jornada -y también los despidos- que se hayan producido con posterioridad a la maternidad, ya que son mayoritariamente las mujeres quienes presentan mayores lagunas de cotización.
Desde el año 2016, ya existe un complemento de maternidad en las pensiones, el que aprobó el Gobierno de Mariano Rajoy, que establecía un porcentaje adicional en la cuantía de cada nueva pensionista en función del número de hijos que hubiera tenido: un 5 % más por dos hijos, un 10 % por tres y un 15 % por cuatro o más hijos. Sin embargo, Seguridad Social entiende que aún se mantiene la discriminación de género en las pensiones de jubilación, que se sitúa en el 33,6% -diferencia entre la jubilación media de los hombres (1.345 euros) y de las mujeres (892 euros)-, aunque en el caso de las nuevas altas se reduce al 19,5%. Según datos oficiales, a 31 de agosto de 2020, 319.896 mujeres cobraban el complemento de maternidad en sus pensiones de jubilación por unos 59,5 euros mensuales de media.
Según la última Encuesta de Población Activa (EPA), 461.000 mujeres estaban trabajando a tiempo parcial en el tercer trimestre del año por el cuidado de menores o personas dependientes, frente a 29.200 hombres. También son mayoritariamente mujeres (87%) las que se acogen a excedencias por cuidado de hijo, con 38.454 dadas de alta en el primer semestre del año, frente a los 5.431 hombres, aunque los tres primeros años tienen consideración de periodos de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de la Seguridad Social.
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