Agencia Tributaria
Calendario fiscal 2021: ¿cuándo tienen que pagar impuestos los autónomos y las pymes?
Estos son los plazos para pagar el IRPF trimestral, el IVA, la declaración de la Renta y otros impuestos
Con el inicio del 2021 los contribuyentes también dan la bienvenida a un nuevo ejercicio fiscal. A lo largo de todo el año hay una serie de fechas marcadas para que autónomos y pymes, principalmente, pongan al día sus cuentas con la Agencia Tributaria, no sin antes rematar algunos de los impuestos pendientes del cuarto trimestre de 2020, que se pagan en enero.
La Agencia Tributaria ha elaborado un calendario que detalla los plazos de todos los impuestos y documentos que hay que presentar en 2021. Si quiere evitar una sanción, compruebe hasta qué fecha tiene para cumplir con sus obligaciones fiscales.
Enero
Los autónomos y las pymes tienen hasta el 20 de enero para presentar las retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo y actividades económicas. Los modelos que hay que completar, según el caso, son: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216 o 230.
Febrero
Una de las novedades de este año es que la declaración del IVA y el pago fraccionado del IRPF correspondientes al último trimestre de 2020 (modelos, 303, 130 y 131) se puede pagar hasta el 1 de febrero. Las empresas también están obligadas a presentar el resumen anual del IVA (modelo 390).
Hasta el 1 de febrero se pueden presentar los modelos 180, 188, 190, 193, 193-S, 194, 196, 270, correspondientes al resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta.
Marzo
El 1 de marzo acaba el plazo para presentar la primera autoliquidación del IVA de este año fiscal, correspondiente al mes de enero. Además, aquellas empresas y autónomos que hagan la declaración de forma mensual tendrán que pagar la autoliquidación del IVA del mes de febrero el 30 de marzo, como tarde.
Abril
La campaña de la Renta y Patrimonio de 2020 comenzará el miércoles 7 de abril de 2021 para la presentación de declaraciones por internet. Los contribuyentes tienen de plazo hasta el 30 de junio como norma general o el 25 de junio en los casos de declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta.
En abril llega el momento de presentar las declaraciones del primer trimestre. Aquellos contrubuyentes que se hayan acogido al pago fraccionado del IRPF tienen hasta el 20 de abril para presentar los modelos 130 o 131. También es la fecha máxima que tienen las empresas para presentar los modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216 y 230.
Diez días más tarde, el 30 de abril, finaliza el plazo para el pago de la autoliquidación del IVA de los tres primeros meses del año.
Mayo
El 6 de mayo comienza el plazo para presentar la declaración de la Renta 2020 por teléfono. Las grandes empresas tienen hasta el 20 de mayo para presentar los modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216 y 230, según corresponda. Además, el 31 de mayo es el último día para pagar la autoliquidación del IVA del mes de abril.
Junio
Aquellos que no hayan presentado la declaración de la Renta 2020 por internet o por teléfono tendrán que hacerlo de manera presencial en una oficina de la Agencia Tributaria desde el 2 hasta el 30 de junio.
Las grandes empresas tienen hasta el 21 de junio para presentar los modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230. Los autónomos y empresas que liquiden mensualmente el IVA tienen hasta el 30 de junio presentar el modelo 303, correspondiente al mes de mayo.
Julio
En junio termina el segundo trimestre del año fiscal, por lo que es el momento de presentar las declaraciones correspondientes. Los contrubuyentes que se hayan acogido al pago fraccionado del IRPF tienen hasta el 20 de julio para presentar los modelos 130 o 131. En esa fecha también se debe entregar el modelo 303 correspondiente a la autoliquidación del IVA del segundo trimestre, así como los modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216 y 230.
Además, el 26 de julio se cumple el plazo para presentar el Impuesto sobre Sociedades de 2020 para aquellas entidades cuyo período impositivo coincida con el año natural. Los modelos que hay que rellenar son: 200, 206, 220 y 221.
Agosto
Las empresas tienen que presentar la declaración de las retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta. Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216 y 230.
El 30 de agosto finaliza el plazo para presentar la autoliquidación mensual del IVA, correspondiente al mes de julio.
Septiembre
En septiembre vuelve a la normalidad la actividad de las empresas, finaliza el periodo de vacaciones, pero no hay que pagar muchos impuestos. Las empresas tendran que presentar los modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216 y 230, según corresponda.
La autoliquidación mensual del IVA del mes de agosto (modelo 303) debe presentarse antes del 30 de septiembre.
Octubre
Se cumple otro trimestre y llega el momento de presentar el pago fraccionado del IRPF y la autoliquidación del IVA correspondiente los meses de julio, agosto y septiembre (modelos 130, 131 y 303). Los contrubuyentes tienen hasta el 20 de octubre para ponerse al día con la Agencia Tributaria.
También es el momento de presentar los modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216 y 230.
Noviembre
Los autónomos que tengan viviendas de uso turístico deben presentar el modelo 179 antes del 2 de noviembre. En esa fecha también finaliza el plazo para entregar la autoliquidación mensual del IVA de septiembre (el de octubre se debe pagar antes del 30 de noviembre).
El 5 de noviembre se realizará el ingreso del segundo plazo de la declaración anual de 2020 si se fraccionó el pago.
Las grandes empresas tienen hasta el 22 de noviembre para presentar los modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216 y 230.
Diciembre
Las grandes empresas tienen hasta el 20 de diciembre para presentar la declaración de etenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta correspondientes al mes de noviembre.
El 30 de diciembre finaliza el calendario con el pago de la autoliquidación mensual del IVA de noviembre.
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