Trabajo

¿Qué trabajadores se benefician de la subida del SMI y cómo afecta a las prestaciones públicas?

El incremento se aplica con efecto retroactivo desde el 1 de septiembre e implica un aumento salarial de 15 euros mensuales en 14 pagas y 210 euros anuales

Un temporero trabaja en la vendimia en la localidad de Lapuebla de Labarca, en la Rioja Alavesa
Un temporero trabaja en la vendimia en la localidad de Lapuebla de Labarca, en la Rioja AlavesaDavid AguilarAgencia EFE

Con la llegada del mes de octubre, los trabajadores ya han visto reflejado en su sueldo la subida del salario mínimo interprofesional (SMI). El incremento, que entró en vigor el 30 de septiembre sin contar con la aprobación de la CEOE, se aplica con efecto retroactivo desde el 1 de septiembre e implica un aumento de 15 euros mensuales en 14 pagas y 210 euros anuales. Más allá de este impacto inmediato en los ingresos mensuales, este aumento conlleva otros muchos efectos sobre la cuantía y acceso a prestaciones, así como sobre algunos tipos de contratos a los que quizás no sabía que se le aplicaba. BBVA aclara todas estas dudas.

Los nuevos importes, que son de aplicación con efectos retroactivos al 1 de septiembre de 2021, son los siguientes: 32,17 euros al día, 965 euros al mes (14 pagas), 1.125,83 euros al mes (12 pagas) y 13.510 euros al año. En cambio, de enero de 2021 a agosto de 2021, las cuantías del SMI eran: 31,66 euros al días, 950 al mes (12 pagar), 1.108,33 euros al mes (14 pagas) y 13.300 euros al año.

¿A qué trabajadores beneficia la subida del SMI?

El incremento del salario mínimo interprofesional, en primer lugar, afecta a los trabajadores que están fuera de convenio, ya que habitualmente los convenios colectivos suelen establecer salarios superiores al SMI. En el caso de que el trabajador cobre menos de 13.510 euros brutos anuales tras sumar al salario base los complementos comunes a todos los empleados de la empresa, el SMI se debe incrementar hasta llegar a dicha cifra. No obstante,aquellos trabajadores cuyo sueldo esté por encima de esta cifra anual no notarán ningún cambio directamente, aunque la medida incrementará los límites de salarios e indemnizaciones que abone el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) o la cantidad de salario protegido frente a un embargo, explica BBVA.

En el caso de los contratos a tiempo parcial, el salario mínimo se reducirá en proporción a las horas trabajadas. Mientras, en los contratos de formación y aprendizaje, “la retribución no podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo, de acuerdo con lo establecido en el convenio colectivo de aplicación”, explica BBVA Mi jubilación.

Para los trabajadores eventuales, temporeros y empleados y empleadas del hogar se siguen los siguientes criterios de aplicación. Por un lado, los trabajadores eventuales y los temporeros cuyos servicios para una misma empresa no excedan de 120 días, percibirán, conjuntamente con el SMI, la parte proporcional de la retribución de los domingos y festivos, así como de dos gratificaciones extraordinarias (a las que, como mínimo, tiene derecho todo trabajador) sobre un salario de 30 días cada una de ellos, sin que el SMI pueda resultar inferior a 45,70 euros por jornada legal en la actividad. Mientras, las personas que trabajen por horas en régimen externo como las empleadas del hogar deberán cobrar 7,55 euros por hora efectivamente trabajada.

Aumento de las bases mínimas de cotización y de las prestaciones

Las bases mínimas de cotización se incrementan en el mismo porcentaje en que aumenta el salario mínimo interprofesional y esto implica un aumento del importe de la cuota mínima de cotización. En consecuencia, al aumentar la recaudación de las cotizaciones, también aumentará la cuantía de las prestaciones de aquellos trabajadores que coticen por la base mínima.

Subsidios por desempleo

BBVA explica que el nuevo SMI también se aplica a los requisitos de acceso al subsidio de desempleo y a la RAI ( renta activa de inserción), cuyas condiciones incluyen no percibir rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional. Esto implica que el límite para acceder a estas prestaciones aumenta desde 712,5 euros mensuales hasta 723,75 euros. También se incluyen dentro de la categoría de subsidios por desempleo que se benefician de la subida del SMI el de agotamiento de prestación contributiva o la ayuda para mayores de 52 años.

No afecta (todavía) a las prestaciones contenidas en normas no estatales

En cambio, el nuevo SMI no se aplica, todavía, a las prestaciones contenidas en las normas de las comunidades autónomas y las administraciones locales que usen el salario mínimo como indicador o referencia de nivel de renta para acceder o determinar la cuantía de ciertas ayudas, salvo disposición expresa en contrario de las propias CCAA o de las entidades de la Administración local. “Para estas prestaciones y ayudas regionales y municipales, la referencia de SMI que se mantendrá hasta final de año será el salario mínimo anterior, de 950 euros al mes”, explica BBVA.