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¿Cuándo es obligatoria la cesta de Navidad?

Existe jurisprudencia acerca de este detalle que algunas empresas tienen hacia sus empleados

Una empleada prepara una de las cestas de Navidad que ofrece el Grupo Disber
Una empleada prepara una de las cestas de Navidad que ofrece el Grupo DisberDisber

La llegada de la Navidad es uno de los momentos más esperados para muchos. Luces, árboles, regalos y demás toman por completo nuestras vidas junto al frío en España para celebrar una de las épocas más emotivas del año.

El reencuentro familiar también es otro de los hechos más deseados. Aunque desde hace dos años las interacciones entre personas se han visto afectadas por culpa del virus, muchos son los que se reunirán aunque sea una sola vez para celebrar estas fechas tan importantes.

Aunque los expertos recomienden volver a posponer en parte las celebraciones existe cierta fatiga pandemia que dificultará este motivo aunque muchos tomaran las medidas necesarias para evitar males mayores. Así, nochebuena, navidad y las demás celebraciones vuelven un año más a nuestras vidas como cada invierno.

Existe otro hecho que marca esta época, las cestas de Navidad. Este detalle que las empresas tienen hacia sus empleados a finales de año con distintos productos supone un gran motivo de felicidad debido a los regalos que esta suele contener y que brindan una alegría para aquellos que la reciben.

¿Obligatoria?

Ante la envidia que produce para aquellos que no la reciben frente a los afortunados muchos se preguntan si la obligatoriedad existe en este regalo. La respuesta corta es que no, las empresas carecen de esta obligatoriedad aunque existe una excepción muy importante si este aguinaldo ya ha sido reiterado en el tiempo.

Si la empresa nunca ha regalado a sus empleados una cesta de Navidad no está obligada a hacerlo aunque el Tribunal Supremo dictaminó en 2016 un motivo de peso que cambia esta percepción para aquellas organizaciones que ya lo habían hecho.

Si la empresa llevaba años repartiendo una cesta de Navidad a los empleados si se encuentra obligada a seguir haciéndolo. Según el alto tribunal esto se convierte en un derecho adquirido de los trabajadores aunque no expresó en el fallo cuanto tiempo se considera mínimo.

Aunque el Tribunal Supremo no diera un tiempo mínimo para considerarse tradición si que expresó ese derecho. Además, cabe destacar que esta debe incluirse en la nómina de los trabajadores por se una retribución en especie. Incluso, la cesta se debe descontar del pago del IRPF y ser incluida en la cotización del empleado.

Dejar de dar la cesta

Llegados a este punto, con la obligatoriedad de seguir ofreciendo esta cesta a los empleados por parte de la empresa según el Tribunal Supremo, la organización puede dejar de dar este regalo en situaciones concretas.

La eliminación del aguinaldo no se puede realizar si no se consulta antes con los empleados y lograr un posterior consenso. Así, la cesta se mantendrá si no se obtiene un acuerdo e, incluso, la justicia podría entrar para resolver.

Así las cosas, la empresa tampoco puede substituirla por otro incentivo. Aunque algunas optan por un plus económico en la nómina o días de vacaciones también se debe llegar a un acuerdo dentro de la organización.